La Corte de apelaciones finalmente confirmó este viernes la sentencia en contra de Chilevisión por discriminación al periodista Ignacio Gutiérrez, quien en abril demandó a la casa televisiva bajo la Ley Zamudio.

Se confirma la sentencia apelada de ocho de agosto de dos mil dieciséis, escrita a fojas 297 con declaración que la conducta de discriminación arbitraria en que ha incurrido la demandada fue la exclusión del actor del denominado rol de “dueño de casa” en el matinal de Chilevisión en razón de la orientación sexual de éste y buscar que se expresara en el Programa desde su identidad sexual” explica parte de la sentencia.

La estación televisiva deberá pagar una multa de 1,1 millones de pesos por infringir la Ley 20.609, ya que, entre otras cosas, se refirió a la orientación sexual del panelista cuestionado su rol en el matinal.

“En cuanto al contexto en el cual se habrían proferido las frases calificadas de discriminatorias, en relación a la conducta pretérita del canal televisivo de inclusión de las minorías sexuales y de otra índole, si bien ello no ha sido cuestionado por el actor, no se puede descartar por ese solo hecho la ausencia absoluta de un comportamiento discriminatorio, como el que se dio”, dice el fallo.

El periodista apeló a la Ley Zamudio en abril de este año, acusando al canal por un “acto discriminatorio”, el cual provocó que Gutiérrez abandonara finalmente el matinal.

La polémica comenzó cuando el animador fue citado a una reunión en donde le habían dicho entre otras cosas, que jugara más con su sexualidad.