A través de un comunicado, el actor Cristián Campos se refirió a su sobreseimiento definitivo determinado este jueves por el Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen de Santiago, tras la causa por denuncia de abusos sexuales presentada por Raffaella Di Girolamo en 2024, quien fue su hijastra mientras estuvo casado con Claudia Di Girolamo.
En el comunicado el actor chileno expresó: “Nos encontramos tranquilos y manifestamos nuestro total y absoluta disconformidad con la misma”, se detalla.
“Estamos seguros que no existe ninguna prueba presentada por la querellante y su abogado, señor Hermosilla, que deje siquiera una duda respecto de mi inocencia, toda vez que todos y cada uno de los testigos que declararon a favor de la denunciante lo hicieron única y exclusivamente respecto de hechos de los cuales se informaron recién al momento de leer la querella”, continúa el escrito del actor.
Tras esto, el comunicado del actor apuntó a los testigos: “No existe ningún testigo presencial ni de oídas sobre los supuestos delitos descritos en la querella, ya que lo mismos nunca existieron“, afirma Campos, para luego aclarar que los delitos no ocurrieron.
“Jamás he cometido delito alguno, y menos los repugnantes abusos sexuales fabricados y narrados por la contraparte“, añade el actor, aclarando que sí existen testigos que prueban su “correcto actuar”.
Cristián Campos recurrirá a Corte de Apelaciones
Pese a existir dichas pruebas presentadas por Campos, el actor afirma que “nada de eso aparece sopesado en el fallo, como si la solidez de mis descargos no hubiese existido y solo hubiese considerado la imaginativa narrativa, abundante en psicologismos, de la supuesta víctima”.
El actor asegura que el fallo le sorprende, pues no se analizaron las “múltiples pruebas existentes para exculparme“, sino que más bien, se rescata aquellas que “sirven para reforzar la tesis ideológica imperante, ciegamente en favor de la denunciante”.
Por ello, aseguró que iniciará una segunda etapa, y acudirá a la Corte de Apelaciones. “Estaremos seguros de que revertiremos este incomprensible resultado“, cierra el actor.
Fallo reconoce “vulneración sexual”
Como se anunció durante la jornada, el fallo emitido por el juez Edgardo Gutiérrez, acreditó tres hechos de vulneración sexual, ocurridos entre 1989 y 1995, cuando Di Girolamo era menor de edad.
Asimismo, se consideró que estos no pueden ser sancionados al estar prescritos los delitos, por lo que el actor fue sobreseído “total y definitivamente”, por “haberse extinguido la responsabilidad penal del denunciado Juan Cristóbal Campos Sallato, por prescripción de la acción penal”, detalla el fallo judicial.
Sin embargo, pese al sobreseimiento, el tribunal confirmó las vulneraciones hacia la víctima.
“Los hechos descritos, constituyen actos de evidente vulneración sexual, afectando directamente el bien jurídico protegido, apareciendo dichos relatos como coincidentes, en lo fundamental, con las demás pruebas de cargo incorporadas al proceso, que recaen sobre el contexto en que se ejecutó aquel evento abusivo, la develación de los hechos y el daño emocional en la víctima, del cual dan cuenta los documentos aportados al proceso”, expone el documento legal.
A ello se detalla que “Dicho comportamiento del sujeto activo importa el conocimiento de los elementos del tipo objetivo de la figura penal de abuso deshonesto y la voluntad manifiesta de realización, concurriendo de esa forma el dolo directo, como elemento subjetivo del tipo”.