Fue en julio pasado cuando Antonio Vodanovic “funó” a través de su cuenta de Twitter a una arrendataria que le adeudaba el pago de varios meses.

“A esta mujer no la puedo demandar por no pago de arriendo, gastos comunes ni destrozos de mi propiedad”, comenzó señalando el ex animador del Festival de Viña del Mar.

“Pero al menos la voy a FUNAR por ser un peligro a la Sociedad… Sinvergüenza”, agregó, adjuntando una captura del perfil de Facebook de la mujer.

Lo anterior llevó a la aludida a presentar un recurso de protección el 25 de septiembre en contra del comunicador.

Según detalló en la acción, a fines de 2018 se vio con serios problemas económicos, lo cual no le permitió cumplir “con las obligaciones derivadas del contrato, iniciándose una demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en sede civil”.

Antonio Vodanovic | Twitter
Antonio Vodanovic | Twitter

La mujer acusó una “vulneración en el uso ilegal y arbitrario de su imagen en la publicación”. No obstante, Vodanovic sostuvo que ella incluso había viajado a Miami, Estados Unidos, en la época en que no le pagaba el arriendo.

Finalmente la Corte de Santiago decidió acoger dicha acción, señalando este miércoles que el conductor de televisión tendrá que eliminar de su Twitter la publicación.

Además deberá abstenerse de realizar nuevas publicaciones con la intención de “funar” a la mujer por medio de sus redes sociales.

El fallo señala que se está en presencia de un acto auto tutelar, “ejecutado al margen del ordenamiento del jurídico, donde el recurrido pretende hacerse justicia por mano propia, apartándose de las vías que el derecho pone a su disposición para la satisfacción de sus intereses”, agregando que es el propio recurrido quien reconoce “que sus dichos no se ajustan a la legalidad”.

Cabe señalar que hasta la publicación de esta nota, la publicación de Vodanovic seguía activa en su cuenta de Twitter, sumando más de 2.200 “me gusta” y 2.300 compartidos.