Pese a ser multada en reiteradas ocasiones por espacio de 8 años, la aerolínea Latam continúa utilizando una cláusula que ha sido calificada como “abusiva” por parte de la justicia, al exigir a los pasajeros que compran pasajes ida y vuelta, utilizar ambos boletos en orden consecutivo.

Es la situación que vivió un usuario de BioBioChile, que solicitó reserva de sus datos personales, al que se le negó el abordaje a un vuelo de vuelta, luego que no utilizara el pasaje de ida que había adquirido para el tramo Concepción-Santiago-Concepción.

Por casos similares, la empresa chileno-brasileña ha debido cancelar un cúmulo de indemnizaciones a los pasajeros que han accionado judicialmente contra la empresa tras pasar por episodios de la misma índole.

Así, por ejemplo, en octubre pasado la Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia del Segundo Juzgado de Policía Local, luego de haber incurrido en la misma práctica contra un pasajero al que no se le permitió regresar a Santiago, por no ocupar su pasaje de ida.

Ante esta situación, la Justicia condenó a Latam a cancelar una indemnización por daño emergente y otra por daño moral de $78.313 y $1 millón, respectivamente, precisando que “el consumidor paga un pasaje que comprende dos tramos e impedirle tomar alguno de los tramos si por alguna razón no toma el tramo inicial, constituye, de cara a la contraprestación a favor de la aerolínea, un grave desequilibrio y se traduce en una cláusula abusiva evidente“.

A este caso se suma otro ocurrido en 2009, del que da cuenta el sitio web del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), en el que la Corte de Apelaciones de Coyhaique determinó que la organización, en ese entonces LAN, había incurrido en esta práctica abusiva al negarle el traslado a un pasajero “por el sólo hecho de haber perdido el primer tramo del pasaje” Balmaceda-Santiago-Balmaceda.

En aquella ocasión, la línea debió pagar una indemnización de $500 mil al denunciante del hecho, Fernando Pérez, luego que el tribunal argumentara que “los argumentos entregados por LAN resultan abusivos toda vez que el denunciante pagó su pasaje, de ida y vuelta, y en consecuencia, es dueño de usarlo o no, o usarlo en uno u otro tramo, o en ambos tramos; es su pasaje, su dinero y nada ni nadie puede impedirle su uso como quiera, salvo, respetando las fechas predeterminadas para las cuales lo adquirió”.

“Estamos trabajando en ello”

BioBioChile contactó a Latam para consultar respecto a la persistencia de esta cláusula, en el entendido que, ante las numerosas condenas y multas, ya no debería formar parte del contrato de adhesión que implica la compra de pasajes.

Desde la aerolínea se limitaron a responder que “Latam está analizando la cláusula y trabajando en ello”, lo que deja entrever que no ha existido, hasta ahora, la intención de suprimir o congelar el uso de la cláusula.

No obstante, en mayo 2010 y ante una situación similar expuesta en el diario El Mercurio, desde la Asociación Chilena de Líneas Aéreas (Achila), explicaron que esta práctica tiene su origen en que “si alguien se compromete a volar ida y vuelta, pero en realidad sólo pretende utilizar el regreso, causa un perjuicio a la compañía aérea, que recibe en pago sólo una tarifa round trip , pudiendo haber cobrado dos tarifas one way. También daña a otro eventual pasajero, que quedó fuera del vuelo”.

Cláusula abusiva

De acuerdo a lo precisado en el sitio web del Sernac, las cláusulas abusivas “son aquellas que la ley prohíbe y que se pueden encontrar en los contratos de adhesión, es decir aquellos que no son negociados por las partes”, como es el caso de los pasajes aéreos.

Respecto a los alcances que tiene para el consumidor, el servicio declaró que “este tipo de cláusulas o disposiciones, son impuestas por las empresas y alteran el equilibrio entre las partes causando un perjuicio al consumidor“.