La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa que deberá pagar la empresa Essbio por cortes de agua no programados los múltiples cortes de agua no programados, registrados en la región del Bío Bío durante el primer semestre 2014.

Según el fallo, esta sanción de 346 UTM (17 millones de pesos) fue interpuesta por la Superintendencia de de Servicios Sanitarios.

La decisión fue tomada por unanimidad luego de que la empresa sanitaria apelara diciendo que la Superintendencia no consideró los informes de Essbio relativos a los planes de desarrollo y reparaciones vinculados en todos los cuarteles y localidades.

En la sentencia del Tribunal de Alzada se reconoce que la sanitaria dio cuenta de los planes de desarrollo por cuartel, pero que la Superintendencia criticó que no se hayan detallado las obras ni los cuarteles beneficiados, así como tampoco el periodo de ejecución de las mismas y “sólo respecto de dos cuarteles de Talcahuano era posible estimar los descargos”.

Por esto, los reproches formulados por la Superintendencia son “atendibles de conformidad al mérito del expediente administrativo”, indica el fallo, agregando que en la misiva entregada por Essbio se observa que los cuarteles “en su mayoría, se ‘ejecutarán’ obras de solución a sus cortes, en otros se ‘definirán’ las obras de desarrollo a efectuar, y en otros se indica que cuenta con obras en ‘plan de desarrollo"”.

Finalmente, con la decisión de la Corte de Apelaciones se confirma la multa impuesta en primera instancia a la empresa sanitaria.