“(…) La conducta reprochada a la actora consiste en haber excedido los índices de continuidad del suministro en dieciséis alimentadores durante el período comprendido entre diciembre de 2014 y noviembre de 2015″.

Lo anterior es parte del fallo unánime con el cual la Corte Suprema ratificó una multa de $416 millones para CGE, aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, por la “reiteración de las gravísimas infracciones cometidas por la empresa”, según detalló el escrito judicial.

“Se ha sancionado a CGE por la comisión de infracciones calificadas por la autoridad administrativa como gravísimas, categoría en que las ha encasillado considerando el porcentaje de clientes afectados y, además, la circunstancia de que la reclamante ha reiterado o reincidido en la comisión de las conductas que se le imputan“, rezó el fallo.

Además, en su resolución, el máximo tribunal aseguró que 14,3% de los clientes de la empresa se vieron afectados por este actuar, algo que ya había ocurrido con anterioridad en seis de los mismos alimentadores.

Por ejemplo, CGE superó límites en el alimentador Nº70 en 2008, 2009, 2010 y 2011, reiteración que denota “una manifiesta falta de diligencia de parte de la empresa, en el cumplimiento de las obligaciones que le caben en tanto concesionaria del servicio público de distribución de electricidad”.

“La decisión de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en esta parte se ajustó, en lo esencial, a la normativa que rige la materia de que se trata, considerando, en particular, que la de autos es una infracción gravísima, que puede ser sancionada con una multa que podría ascender hasta diez mil Unidades Tributarias Anuales o, lo que es lo mismo, hasta ciento veinte mil Unidades Tributarias Mensuales”, estipuló el tribunal de última instancia en su fallo.