La Corte Suprema confirmó el fallo de segunda instancia respecto a la entrega de información sobre la constitución del banco BTG Pactual, situación a la que tuvo que acceder la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), revelar los datos.

La decisión unánime de la Tercera Sala del tribunal de alzada afirmó que los datos solicitados vía Ley de Transparencia, no tienen el carácter de reservados.

De esta forma, la Corte expuso que respecto a lo solicitado, “el ciudadano tiene derecho a conocer la eficiencia y eficacia con que el órgano público cumple sus funciones, esto es, la información de cuyo conocimiento se trata está íntimamente ligada con el derecho que a éste asiste de conocer de qué modo la citada Superintendencia lleva a cabo sus deberes y, específicamente, aquellos relacionados con la fiscalización previa de aquellas sociedades y sus accionistas que desean constituirse como una entidad bancaria con funcionamiento en nuestro país”.

Con este acto, el tribunal rechazó además el recurso de queja presentado contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó a la SBIF, la entrega de la información.

Rectificación: El Poder Judicial admitió que la información que dieron a conocer inicialmente estaba errada, por lo que actualizamos este artículo con los nuevos antecedentes que nos proporcionaron.