La justicia descartó que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), hubiese actuado de forma arbitraria en la discusión del acuerdo conciliatorio logrado en el marco de la colusión del papel tissue, afectando a los pueblos indígenas.

La decisión de la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago echó por tierra el recurso de protección presentado por una agrupación de la región de La Araucanía que esgrimió que durante la negociación el Sernac infringió una consulta que establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas.

En este contexto, el tribunal de alzada afirmó que dicho convenio establece una serie de prerrogativas específicas, relativas a preservar la identidad e integridad de los pueblos originarios.

“De lo anterior se colige que la invocación realizada a la omisión de la aplicación del citado convenio, resulta ser improcedente en el caso de autos, desde que la causa civil de que se trata y la conciliación a que se arribó en ella, no se relaciona con aquellas cuestiones que pretende salvaguardar la citada normativa”, precisó el texto legal.

Sin embargo, para concretar el esperado pago de los $7 mil pesos, aún resta conocer el resultado de un recurso de casación que será presentado por la Asociación de Consumidores de Chile (Asocochi).