La Justicia decidió declarar adminisble la demanda colectiva presentada por la Organización de Consumidores y Usuarios -Odecu- en contra del municipio de Santiago y la empresa concesionaria ECM S.A. por presuntos cobros abusivos en el servicio de parquimetro en la comuna.

Según comprobó la institución en un estudio realizado en 2014, de los 20 estacionamientos indagados, cinco corresponden a la concesionaria, en donde se comprobó la práctica del “redondeo al alza“, es decir, si por cada 20 minutos cuesta $420, al minuto 21, el cobro total llegaba al doble.

Por ello, la Odecu decidió acudir a Justicia para que declarara la nulidad de los disposiciones que determinan el sistema de cálculo que permite el redondeo, por considerarlo abusivo.

“Se busca que tanto ECM S.A. como la Municipalidad de Santiago cesen la conducta y que se devuelva todo aquello que haya sido cobrado en exceso por la aplicación de este sistema”, explica el presidente de la asociación, Stefan Larenas.

En su momento, el 27° Juzgado Civil de Santiago ya había declarado admisible la acción legal, pero ambas demandadas decidieron apelar a la decisión. Sin embargo, la Corte de Apelaciones ratificó la admisibilidad en favor de la organización de consumidores.