Dos carabineros en retiro fueron condenados a ocho años de presidio por el asesinato de un hombre en La Araucanía durante la dictadura militar.
En la sentencia de primera instancia, dictada por el ministro en visita Álvaro Mesa, se acreditó que el 10 de noviembre de 1973, Nicanor Moyano Valdés concurrió a la Tenencia de Carabineros de Gorbea para cumplir con la firma mensual impuesta ese mismo año por la Fiscalía Militar.
Sin embargo, luego de un intercambio de palabras con Patricio Horacio Burgueño Robles, teniente de la unidad policial, Moyano Valdés quedó detenido.
Posterior a la detención, un grupo conformado por el oficial Burgueño y los carabineros Fidel Osvaldo Freire Obando y José Luis Guzmán Sandoval, condujeron al detenido hasta el puente Salinas que cruza el río Donguil, donde lo mataron con sus armas de servicio.
La familia de Nicanor acudió a la Tenencia para solicitar información sobre él, pero les indicaron que no se presentó a cumplir con la medida de firma mensual.
Luego una búsqueda, los familiares encontraron el cuerpo sin vida en la ribera del Río Donguil y tras dar cuenta de la situación al teniente, este aseguró que su personal se encargaría. Días después los carabineros con los familiares llegaron al lugar donde habían hallado el cuerpo, pero este ya no estaba.
Por su responsabilidad en los hechos el ministro Álvaro Mesa condenó a 8 años de presidio a los carabineros en retiro Patricio Horacio Burgueño Robles y José Luis Guzmán Sandoval, autores del delito de homicidio calificado en dictadura.