El Primer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt condenó a Corpbanca al pago de una indemnización de $5.360.000 a un consumidor, tras considerar que la entidad financiera fue negligente al no cotejar la firma de cuatro cheques que fueron cobrados por terceros.
Según informó el Sernac, la situación quedó en evidencia cuando el afectado – al revisar su cuenta corriente- se percató de que le habían cobrado 4 cheques por un monto total de $4.360.000, los que no habían sido girados por él sino por terceros, quienes los sustrajeron y falsificaron su firma.
El consumidor acudió al Sernac e interpuso un reclamo ante la vulneración de sus derechos, sin embargo, al no obtener una respuesta favorable de parte del banco, interpuso una denuncia, instancia ante la cual el Sernac se hizo parte.
Ante el tribunal, el consumidor solicitó que el banco devolviera los más de 4 millines de pesos, además de una indemnización por daño moral, argumentando que –a causa de estos hechos- sufrió una severa depresión, ya que la pérdida del dinero no le permitió cancelar las remuneraciones de sus trabajadores y afectó su estabilidad familiar.
En su defensa el banco argumentó que no se aprecia que la firma sea visiblemente disconforme con la registrada en la entidad. Además, afirmaron que a la fecha y hora de la cancelación de los cheques no se registraba orden de no pago.
Tras analizar los antecedentes, el tribunal determinó que Corpbanca infringió la Ley del Consumidor, debido a que se estimó que las firmas son visiblemente disconformes para el común de las personas.
En consecuencia, el tribunal condenó a Corpbanca al pago de una indemnización de $1.000.000 por daño moral, además del reintegro de los $4.360.000 que se habían sustraído desde la cuenta corriente del reclamante.
Adicionalmente, el tribunal aplicó una multa a beneficio fiscal de 10 U.T.M. (cerca de $420.000) por infracción a la Ley del Consumidor.
El director regional (PT) del Sernac, Marco Cid, señaló que este fallo -que fue confirmado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt-, ratifica que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sean víctimas de fraude, y si bien por los delitos deben responder los delincuentes, las empresas deben responder cuando ofrecen servicios inseguros.