La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que la prohibición del Metro para trasladar bultos, que fue posteriormente anulada por la compañía, era arbitraria.
Recordemos que a mediados de agosto, Metro de Santiago anunció que prohibirían el traslado de paquetes grandes. No obstante, debido a la polémica y el rechazo que esto generó en los usuarios, la empresa se retractó unos días después e informó que no lo implementarían.
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Antes de que la nueva norma fuese anulada, un grupo de vecinos de Pudahuel interpuso un recurso contra la prohibición por considerar que los afectaba gravemente.
Este recurso fue rechazado por la Primera Sala de la corte capitalina, “debido a que la propia empresa revirtió la medida”.
Sin embargo, el tribunal recalcó que pese a desestimar la acción judicial, consideran “que la decisión inicial fue arbitraria y discriminatoria (…) En particular respecto de aquellos usuarios que veían limitada su posibilidad de acceder con equipaje o bolsos por esta vía, hacia o desde los terminales de buses y el aeropuerto de la capital”.
Sobre el tema, el fallo acota que conforme a las nuevas políticas adoptadas por Metro, “se permitirá el ingreso de toda clase de maletas o bolsos de viaje cualquiera sean sus dimensiones y aunque no pasen bajo el torniquete, limitándose la prohibición de acceso sólo a elementos de gran tamaño, cuyo ingreso al tren subterráneo resultan no sólo molestas sino incluso peligrosas para los usuarios, lo que sin duda resulta justificado y razonable”.
“En tales términos, este tribunal advierte que si bien puede estimarse que existió una arbitrariedad en la decisión original, tras las nuevas políticas adoptadas no existe vulneración ilegal o arbitraria de las garantías constitucionales”, concluye la resolución.