La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de nulidad presentado contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de la capital de la Segunda Región, que condenó a Dagoberto Miranda Castro a la pena de 20 años de presidio, como autor del delito de homicidio calificado de la menor Kimberly Tabilo.

En el libelo -interpuesto por la abogada Johana Godoy Escobar-, la defensa del condenado sostuvo que el tribunal de primera instancia hizo una errónea aplicación del derecho, por lo que se debía anular la sentencia, dictándose una de remplazo que impusiera una pena por homicidio simple.

En tanto, el Ministerio Público pidió el rechazo del recurso, señalando que el tribunal había establecido el ánimo alevoso con el que había actuado el acusado, dejando establecida la concurrencia de los dos supuestos que contempla la alevosía.

Tras los alegatos, la primera sala de la Corte de Apelaciones concluyó “que el fallo que se revisa por este recurso de nulidad se encuentra ajustado a derecho y, por ende, que los sentenciadores no efectuaron una errónea aplicación del derecho, con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, en la medida que aplicaron la pena correspondiente al hecho que dieron por probado; esto es, la pena agravada correspondiente al homicidio calificado, al concurrir la alevosía en la conducta desplegada por Miranda Castro”.

En el fallo se pronunciaron los magistrados Cristina Araya Pastene, Dinko Franulic Cetinic y Jaime Medina Jara.

Recordemos que Dagoberto Miranda Castro fue encontrado culpable del homicidio de la estudiante del Liceo Técnico A-14, Kimberly Tabilo, de 16 años, cuyo cadáver fue encontrado en unos roqueríos costeros del sector norte de la ciudad.