La directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Lorena Fríes, aseguró en una entrevista con la AFP que “en Chile no hay terrorismo”, luego que la Corte Interamericana condenara al Estado chileno por su uso discriminatorio de la ley antiterrorista contra comuneros mapuche.

La ley antiterrorista fue creada durante la dictadura de Augusto Pinochet y pese a las modificaciones introducidas en democracia, Naciones Unidas ha recomendado su reforma para que defina de manera más clara los delitos terroristas y aumente las garantías del proceso.

El INDH, un organismo estatal que funciona de manera autónoma, ha criticado duramente su aplicación en medio de una controversia que derivó en que la presidenta Michelle Bachelet instruyera la creación de una comisión para elaborar una propuesta para cambiar la ley que sanciona los delitos terroristas.

Al respecto, Fríes descartó que en nuestro país haya terrorismo aunque advirtió que “no estamos exentos de poder tener, porque estamos en un mundo global (…) No queremos que se derogue la ley antiterrorista, queremos una ley acorde a los estándares internacionales y que se aplique cuando corresponda”.

En ese sentido, realizó un duro diagnóstico de la legislación actual, indicando que el problema pasa por que en la ley “la definición de terrorismo es lo suficientemente vaga para que rompa con el principio de legalidad. Las conductas deben estar claramente definidas y descritas. Con esta ley te pueden caber desde situaciones de violencia basadas en la disidencia política hasta el otro extremo, actos de terrorismo”.

“Los delitos contra la propiedad privada suelen no estar contemplados en las leyes antiterroristas. En La Auracanía, muchas veces se ha aplicado por incendios a propiedades privadas donde no había personas. Eso no constituye un acto de terrorismo”, indicó.

Por otro lado, la personera del INDH fustigó la extensión de la prisión preventiva para quienes están siendo juzgados bajo dicha legislación. “Nada explica que la prisión preventiva tenga una duración de más de ocho meses”, dijo.

Otro punto controversial de la Ley Antiterrorista es el uso de testigos “sin rostro”, lo que también fue abordado por Fríes. “Si bien los testigos de identidad reservada son aceptados en general en la legislación internacional, no pueden ser decisivos para la condena. Tampoco pueden significar una merma en las armas que tienen la defensa y la fiscalía, que ha de ser capaz de contrainterrogar, y eso no siempre es así, como establece el reciente fallo de la Corte Interamericana. Además, tiene que haber un control judicial que diga cuándo es procedente y si de verdad amerita que sean testigos de identidad reservada”, señaló.

Respecto a la resolución de la Corte Interamericana que determinó discriminación en los casos juzgados bajo la Ley Antiterrorista, la directora del INDH sostuvo que “uno podría ir más allá y señalar que los jueces no están fuera de la sociedad y que lo más probable es que si los jueces discriminan, el Estado y la sociedad también lo hagan. Desde el 2000, se ha aplicado la ley en 19 casos que involucraban a 108 imputados. Y 12 de esos casos era mapuches. Hubo 10 condenados, lo que habla también de la poca eficacia de la ley”.

“La ley antiterrorista debería ser una ley de aplicación excepcionalísima”, sostuvo Fríes.