El Instituto de Previsión Social de la región de Los Lagos confirmó que por ley, no todas las personas beneficiadas por el bono por hijo pueden obtener la cuota mortuoria.

Yasna Bustamante, jefa subrogante de sucursal, comentó que las personas que pueden ser beneficiadas, son quienes no cuenten con cotizaciones en AFP.

Bustamante mencionó que las personas que pueden obtener el beneficio del bono por hijo, son las mujeres mayores de 65 años.

Sin embargo, la jefa de sucursal comentó que la ley excluye de este subsidio a las personas que se jubilaron por vejez del sistema antiguo, esto es de cajas de seguro social o de reparto, independiente de que estas personas se hayan pensionado después del primero de julio del 2009.

El bono por hijo es un subsidio que se entrega mensualmente directo en las AFPs de los cotizantes, por lo que este monto se suma al total del cual estas administradoras aplican sus comisiones.