La Corte Suprema confirmó la resolución que ordenó a la Clínica del Maule y a un médico pediatra a pagar una indemnización de $50.000.000 a los padres de un recién nacido que falleció en mayo de 2005, debido a la falta de atención en dicho centro de salud.

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal –conformada por los ministros Nibaldo Segura, Patricio Valdés y Carlos Künsemüller; además de los abogados integrantes Víctor Vial y Raúl Lecaros– rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, la que determinó que la clínica y un médico pediatra deben pagar la indemnización a los padres de Esteban Unda Morán, quien murió el 19 de mayo de 2005, a las pocas horas de nacer.

La sentencia confirma la responsabilidad de la clínica por falta de servicio al retrasar y condicionar la atención del menor, el que finalmente falleció en el hospital de Talca.

El fallo indica que la responsabilidad de la clínica estuvo en la demora para dar atención al menor, pues se dedicaron a llamar al pediatra también involucrado en el caso, sin embargo este no contestó y en el recinto no buscaron a tiempo a otro especialista para la atención de urgencia que requería el recién nacido.

“La omisión culpable de la Compañía demandada consiste en que, pese a los infructuosos llamados telefónicos sin resultado al otro demandado y pediatra tratante, no procedió a consultar con la celeridad que el caso ameritaba, a otro profesional de la especialidad, pues no consta que la clínica mantenga un pediatra de turno con la finalidad de que la situación del recién nacido no se siguiera agravando en el curso de la tarde”, indica el documento.

El fallo además recuerda que el recién nacido fue atendido tres horas después de que comenzó a sufrir una cianosis generalizada, que aumentó en el transcurso de la tarde y que durante la noche se hizo irreversible, provocándole la muerte, pese a los cuidados médicos otorgados en el Hospital Regional de Talca, lugar donde finalmente había sido trasladado.