La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de queja presentado por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de la sentencia dictada por la Comisión Arbitral del Contrato de Concesión del denominado “Sistema Norte Sur”, que validó la introducción de modificaciones tarifarias en determinados pórticos y aclara conceptos contenidos en el contrato de concesión de la Autopista Central.
Según informó el sitio del Poder Judicial este lunes, en fallo unánime los ministros de la Séptima Sala del tribunal de alzada María Rosa Kittsteiner, Juan Antonio Poblete y el abogado integrante José Luis López, desestimaron la acción emprendida en contra del tribunal arbitral, el que determinó, entre otros puntos, que la Sociedad Concesionaria tenía derecho a aumentar sus tarifas de 2012 y 2013 desde Tarifa Base Fuera de Punta a Tarifa Base Punta en horarios y tramos determinados.
El fallo del tribunal de alzada descarta que la resolución de los jueces árbitros Alejandro Jadresic (presidente), Felipe Morandé (nombrado por el Ministerio de Obras Públicas) y Enrique Alcalde (por la sociedad concesionaria Autopista Central) se haya adoptado con falta o abusos, al determinar los términos en que se podían modificar el contrato.