El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Madrid, dictó auto de procesamiento en la investigación por el homicidio de dos reos de la ex Cárcel Pública y por el homicidio frustrado de otros cinco internos, inoculados con la toxina botulímica, en 1981.

La causa, según informó el Poder Judicial, está ligada al proceso por la muerte del ex Presidente de la República, Eduardo Frei Montalva.

El ministro Madrid sometió a proceso como autores de los delitos de homicidio calificado y homicidio frustrado al médico Eduardo Arriagada Rehren y al médico veterinario Sergio Rosende Ollarzú. Asimismo, en calidad de cómplices encausó al coronel en retiro del Ejército Joaquín Larraín Gana y al comandante en retiro del Ejército Jaime Fuenzalida Bravo.

Las víctimas consumieron alimentos contaminados con la toxina, resultando fallecidos los internos Víctor Hugo Corvalán Castillo y Héctor Walter Pacheco Díaz; en tanto, lograron sobrevivir los internos Guillermo Rodríguez Morales, Ricardo Antonio Aguilera Morales, Elizardo Enrique Aguilera Morales, Adalberto Muñoz Jara y Rafael Enrique Garrido Ceballos.

Se pudo establecer que “con la finalidad de proceder a la eliminación física de opositores al régimen militar se realizó una operación especial de inteligencia que habría culminado con el fallecimiento de los internos Víctor Hugo Corvalán Castillo y Héctor Walter Pacheco Díaz, los cuales eran enjuiciados por delitos comunes y se encontraban recluidos en la Galería N°2 de la Ex Cárcel Pública de Santiago”.

Agrega que se produjo su deceso “por la ingesta de alimentos contaminados con la denominada ‘toxina botulínica’, la que fuera traída al país por el servicio público encargado de velar por la salud de la población y, posteriormente entregada a los encargados de un laboratorio secreto a cargo de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE)”.

Por otra parte, los restantes afectados, que sufrieron graves lesiones producidas por la ingesta de dichos alimentos contaminados, logrando sobrevivir –a pesar de la tardanza en el auxilio– “por el oportuno y certero diagnóstico de la causa del envenenamiento y por la aplicación de la antitoxina respectiva; de esta manera, no se produjo el resultado querido por los partícipes, en cuanto dice relación con los delitos antes mencionados, evitándose su consumación, por causas independientes de la voluntad del agente”, sostiene la resolución.

Los procesados permanecerán en prisión preventiva en el Batallón de Policía Militar N° 1 del Ejército, dado que todos tienen rango militar.