A pocos días de navidad, las empresas entregan un aguinaldo a sus trabajadores. Sin embargo, no está estipulado en la ley, por lo que no es obligación y es más una tradición, que dentro del marco legal es conocido como un “derecho adquirido”. El ministerio del Trabajo hizo un llamado para que sea entregado con anticipación a las festividades y así puedan llevar a cabo sus compras con mejor organización las personas.

El abogado Daniel Stingo cuestionó la realidad de este derecho adquirido y señaló que “¿Qué constituye remuneración? Entonces, La gente dice ‘remuneración igual sueldo’, no, error. La remuneración entre otras cosas está constituido por el sueldo. La remuneración es el sueldo base, el sobresueldo, la comisión, la participación y la gratificación”.

Ahora, los bonos son un agregado a las remuneración y uno de los más importantes son los que se entregan para el 18 de septiembre y navidad, que son aguinaldos. Se eligen estas fechas, porque suelen ser donde más se gasta dinero, según el abogado.

Entonces, va a depender del caso y de las empresas, y su regularidad para pagar, ya que pueden acumularlo, no pagarlo, pagar sólo uno, etc. Por lo que el aguinaldo no es un derecho adquirido, ya que no está regulado, porque es considerado un regalo.

Finalmente, enfatizó en decir que si es una costumbre del empleador de entregar aguinaldos, independiente los montos, se transforma en un derecho adquirido donde el empleado tiene todo el derecho de reclamarlo, sin importar la realidad económica de la empresa.

Escucha la entrevista completa a Daniel Stingo, hecha por Scarleth Cárdenas y Patricio Cuevas en Expreso Bío Bío: