Luego que durmiera por más de un año en el Congreso, finalmente ambas cámaras legislativas aprobaron el proyecto de ley que sanciona con penas de cárcel y multas a quienes utilicen, comercialicen y fabriquen hilo curado, y que no cumpla con las condiciones propias del hilo autorizado para competiciones.

En particular, el texto legal despachado por la Cámara de Diputados prohíbe el uso del hilo curado, que incluya entre sus componentes algún elemento o compuesto abrasivo o cortante como cristal o vidrio molido, elemento mineral, polvo esmeril o metálico o granos de cuarzo de mayor aspereza.

Al respecto, el diputado Patricio Walker, que es uno de los autores del proyecto, dijo esperar que el Ejecutivo promulgue antes del 18 de septiembre la penalización del hilo curado y destacó que las Seremis de salud y Carabineros tendrán mayores facultades para incautar este tipo de implementos.

En la misma línea se manifestó el diputado de Renovación Nacional Pedro Browne, quien recordó que el hilo curado es un arma que se pone en manos de los menores de edad y que ha provocado diversos accidentes a personas que nada tienen que ver con el volantinismo.

Respecto de las penas, el proyecto establece que quienes fabriquen, acopien o comercialicen hilo curado serán castigados con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multas de 100 a 500 UTM, mientras que quienes usen o faciliten el uso de hilo curado serán sancionados con multas de 2 a 50 UTM.