La Corte Suprema rechazó este lunes la demanda por un accidente de tránsito ocurrido en el 2001 en el parque Pumalín que dejó tres víctimas fatales.

Recordemos que el accidente ocurrió el 17 de enero del 2001 en la ruta que une Chaitén y caleta Gonzalo a la altura del kilómetro 135 en la carretera austral, cuando un Coigüe de aproximadamente 34 metros de longitud, cayó sobre una camioneta, terminando con la vida de Freddy Brown Stange, conductor del vehículo; Marcela Haussdorf Uribe, su cónyuge; y el menor Gaspar Hernández Abelle.

Frente a esto, la Corte Suprema rechazó la demanda interpuesta en contra del fisco y de los propietarios del Parque Pumalín. En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala Sergio Muñoz, Piedro Pierry y María Eugenia Sandoval, además de los abogados Arnaldo Gorziglia y Alfredo Prieto, rechazaron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que había rechazado la indemnización por el accidente en el que murieron estas tres personas.

La resolución determinó que no existe responsabilidad de The Conservation Land Trust, Empresas Verdes LLC Chile, Douglas R. Tompkins y el fisco en el accidente que causó la caída del árbol nativo sobre la camioneta.

El fallo sostuvo que no se aportó prueba que demuestre que el árbol presentaba antecedentes mórbidos o que demostraban peligro inminente, pues toda las pruebas tienen relación con diligencias post-siniestro, pero carece de indicios que concluyan que los demandados con prudencia, hubiesen evitado el accidente.

Por su parte el ministro Muñoz, quién votó en contra, consideró que la sociedad The conservation Land Trust debía pagar una indemnización por negligencia en la supervisión del bosque donde se produjo la caída del árbol, manifestando que la caída del Coigüe fue previsible y no un hecho extraordinario, de hecho sostuvo que era poco probable que se mantuviera en pie por largo tiempo debido a las condiciones que presentaba, por lo tanto era previsible que podía ocasionarle daños a terceros.