Desde el 28 de mayo comenzará a regir el reglamento del Ministerio de Salud que regula la forma de entrega de los anticonceptivos, incluidos los de emergencia. La norma administrativa, publicada este jueves en el Diario Oficial, establece la obligatoriedad en la entrega de los fármacos sin limitaciones etarias, no aceptándose más las objeciones de conciencia o el manejo facultativo de la diligencia.

Según explicó el ministro de Salud, Jaime Mañalich, la única excepción que establece el nuevo estatuto respecto de “la píldora del día después” y los menores de 14 años, es una recomendación hecha al funcionario que efectúa la entrega, para contactar al padre o tutor del menor. Este contacto con los apoderados queda a criterio del facultativo y será siempre después de que el fármaco ya fuera entregado.

La redacción del reglamento permite el secreto profesional fundado en que “toda persona tiene derecho a la confidencialidad y privacidad”, tanto de sus opciones como “sobre los métodos y terapias escogidos para la regulación y/o planificación de su vida sexual”.

Según informó La Tercera, en 2011 se otorgaron 6.288 “píldoras del día después”, lo que constituye un repunte del 44% en comparación con 2010, cuando se distribuyeron 4.367 dosis del fármaco.

Esta normativa viene a tapar los vacíos que dejaba la Ley 20.418 que, a pesar de estar en vigencia desde 2010, permitía una serie de trabas de partes de los profesionales para aplicarla, en particular con los menores de edad.