La Dirección del Trabajo (DT) recordó que este lunes 31 de diciembre y el martes 1 de enero el comercio de todo el país deberá respetar limitaciones legales de funcionamiento, tal como ocurrió una semana atrás, con ocasión de Navidad.

Este lunes el comercio deberá estar cerrado a las 20:00 horas y el martes 1 de enero no podrá funcionar durante todo el día por ser feriado irrenunciable, salvo que los locales sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos.

Quienes no respeten la disposición legal vigente desde 2007 arriesgan el pago de multas de 5 UTM (200 mil pesos aproximadamente), 10 UTM (400 mil pesos) o 20 UTM (800 mil pesos).

La cantidad de UTM depende de si la empresa tiene, respectivamente, de 1 a 49 trabajadores, 50 a 199 o 200 y más. A diferencia de la mayoría de las infracciones contempladas en el código laboral, éstas implican sanciones por cada trabajador sorprendido en infracción.

Durante el 24 y 25 de diciembre el acatamiento a ambas restricciones fue, en general, casi completo, aplicándose solamente 8 multas por un total de $4.422.660, todas correspondientes a pequeños locales que eran atendidos por trabajadores.

Quienes deban denunciar la vulneración del feriado del 1 de enero podrán hacerlo en una ficha que se debe llenar en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl.

Quedan exceptuados del descanso obligatorio del 1 de enero:

-Aquellos trabajadores que laboren en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados; así también quienes laboran en fuentes de soda y pastelerías si sus clientes consumen en estos mismos locales los alimentos que en ellas se elaboran.

-Los dependientes de expendio de combustibles y dependientes de las “tiendas de conveniencia” asociadas a tal actividad, y sólo si en ellas se preparan y elaboran alimentos para consumo directo en el propio local.

-Dependientes de farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

La Dirección del Trabajo recomendó a los empleadores de locales gastronómicos o de diversión que funcionen durante las fiestas de Año Nuevo que organicen los turnos, de modo de no vulnerar los límites de jornada y permitir el adecuado descanso de sus trabajadores que deban laborar el 1 de enero.