La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado en contra de un grupo de estudiantes que se tomó establecimiento educacional dependiente de la Municipalidad de La Florida.

En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar en contra del grupo que mantenía una toma en el Liceo Benjamín Vicuña Mackenna, al momento de la presentación del recurso.

La sentencia determina que la ocupación del establecimiento vulnera los Nº 10 y 11 del artículo 19 de la Constitución, que garantizan el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, respectivamente.

“Esta Corte considera que la conducta hostil al derecho de los recurridos vulnera el numeral 10º antes referido, toda vez que los hechos de violencia que originan esta acción constitucional transgreden notoria y fehacientemente los derechos y garantías de los accionantes”, dice el fallo.

“La Ley Suprema del Ordenamiento consagra el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos que tienen los padres, correspondiendo al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho, situación que en el caso, en forma evidente no ocurre”, agrega.

“Por otra parte, el comportamiento antijurídico de los recurridos infringe también el numeral 11º, toda vez que resulta evidente que su actuar no solo perturba, sino derechamente priva, absoluta, gravemente, de modo arbitrario y contra la ley, la libertad de enseñanza”, asegura el documento.

Asimismo, si bien reconocen “a plenitud el derecho de todas las personas a manifestarse libremente, debe tenerse presente que, naturalmente, esa facultad debe ejercerse por sus titulares sin cercenar, limitar ni transgredir los legítimos derechos que corresponden a los demás”.

Ante la resolución, se les ordena a las autoridades civiles y policiales adoptar “sin más trámite las medidas pertinentes y eficaces para garantizar el derecho de la educación”.