La Primera Sala de la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de protección presentado por el Sindicato de Trabajadoras y Asesoras de Casas Particulares en contra del directorio del Club de Golf Brisas de Chicureo.
La acción constitucional reclama la interpretación del artículo 21 del ordenamiento interno del recinto, en el que se establece la prohibición de que las obreras puedan ingresar al sector de la piscina y, en el caso de estar en otras áreas, hacerlo exclusivamente con su uniforme de trabajo.
El tribunal de alzada acogió a trámite la petición, por lo que entrará en el fondo del reclamo formulado, en el que se denuncia la conculcación de la garantía constitucional a no ser discriminado.
Los magistrados dan un plazo de cinco días al club para emitir un informe dando cuenta de “todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto que ha motivado el recurso, bajo apercibimiento de aplicarle alguna de las sanciones que establece el Nº 15 del Auto Acordado sobre Tramitación de Recursos de Protección”.