Un obispo mexicano aseguró que una llamada del papa Benedicto XVI fue decisiva en los fallos de la Suprema Corte de Justicia de México que esta semana avaló dos legislaciones locales consideradas antiaborto, lo que fue desmentido este viernes por el máximo tribunal.

“Casi perdíamos, pero una llamada del Papa, no sé a quién, no me pregunten, cambió todo”, dijo el jueves José Isidro, obispo de Mexicali, capital del estado de Baja California (noroeste) al comentar la cerrada votación en la Corte.

La versión del obispo fue refutada en un breve pronunciamiento de la oficina de prensa del máximo tribunal, que negó la existencia de la supuesta llamada del Papa y subrayó que “los ministros resuelven sólo guiados por sus criterios jurídicos”.

El miércoles y jueves, la Suprema Corte desestimó, por solo un voto, dos recursos que pedían declarar inconstitucional reformas legales en pro del aborto en Baja California y San Luis Potosí (norte), argumentando que, desde el momento en que ocurre la concepción, un ser vivo existe.

Siete de los once ministros de la Corte se pronunciaron a favor de declararlas inconstitucionales, pero se requería un mínimo de ocho.

Organizaciones feministas y de derechos humanos, como Amnistía Internacional, consideran que estas reformas violan los derechos de las mujeres e incluso niegan, en el caso de Baja California, la posibilidad de abortar en casos de violación o de que la salud de la madre esté en riesgo.

Al menos 20 mujeres en Baja California están sometidas a procesos judiciales por aborto.

En 2008, la Suprema Corte avaló una ley de la Ciudad de México que permite interrumpir el embarazo durante los primeras 12 semanas de gestación.

Desde entonces, en medio de una campaña de la Iglesia y de grupos conservadores, en 18 de los 31 estados que conforman México se aprobaron reformas que se basan en la idea de que, desde el momento en que ocurre la concepción, un ser vivo existe.

Organizaciones feministas y juristas críticos de estas reformas han advertido sobre el riesgo de consagrar este principio como norma constitucional, pues jueces de criterio conservador podrían considerar el aborto como un infanticidio con agravantes, como el de ser cometido por un familiar, e imponer condenas de hasta 50 años de cárcel.