En el procedimiento penal, los afectados dan testimonio de agresión un mínimo de 4 veces, ante la policía, la Fiscalía, el Servicio Médico Legal y durante el Juicio Oral, e incluso pueden ser nuevamente requeridos para tal efecto. Una iniciativa legal de la Comisión Defensora Ciudadana y la Corporación de Asistencia Judicial pretende poner fin a este procedimiento, sobre todo en los niños, quienes son los más afectados en estas ocasiones.

En la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados se encuentra el proyecto que modifica la ley N° 19.968 de Tribunales de Familia y el Código Procesal Penal, mediante el cual se busca validar como prueba judicial al archivo audiovisual con el testimonio que prestan los menores de edad en el sistema judicial chileno.

La iniciativa, elaborada por la Comisión Defensora Ciudadana y la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, limita y mejora la declaración de niños y adolescentes, para garantizar que las investigaciones sean procesos más adecuados a la reparación de la dignidad de las víctimas. El proyecto ingresó a tramitación parlamentaria en marzo pasado, a través de una moción de los diputados UDI Cristián Letelier y la PS Denise Pascal.

La ‘victimización secundaria’ es la consecuencia psicológica de una práctica del sistema judicial chileno, mediante el cual la víctima debe revivir el delito sufrido al repetir más de una vez su testimonio, pues a la fecha no se valida el registro audiovisual de la primera declaración. Esto afecta particularmente a las personas menores de edad, quienes, con el objetivo de sus familiares de que se haga justicia, deben someterse a interrogatorios de Carabineros o Investigaciones, de la Fiscalía, del Servicio Médico Legal, del juicio oral y de otras instancias que trabajan con las víctimas. Incluso, muchas veces estos interrogatorios se realizan varios años después de experimentado el delito, lo que además del impacto humano, redunda en declaraciones de menor calidad o en la decisión de los padres de la víctima de desistirse de acciones judiciales para así evitar la agudización de un trauma.

La Comisión Defensora Ciudadana informó que a pesar de los avances del proceso penal chileno, el Código Procesal Penal no establece un trato diferenciado para niñas, niños y adolescentes, aun cuando se ha establecido que someter a los menores de edad al mismo procedimiento que un adulto, favorece la ‘victimización secundaria’. Por ello, la propuesta de reforma considera el marco normativo de la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

Aun cuando hoy existen instituciones con la capacidad de registrar las declaraciones de los niños/as víctimas de delitos, este material no puede constituir prueba en un juicio oral, por expresa exclusión efectuada por el Código Procesal Penal. Esa es la experiencia, por ejemplo, de la 48º Comisaría de la Familia, institución que posee una sala acondicionada para la toma de declaraciones, las cuales se registran en un soporte audiovisual. Sin embargo, este material es excluido en la audiencia de preparación del juicio oral.

Los objetivos de la reforma propuesta son: Limitar el número de testimoniales de los menores de edad; reforzar la experticia y capacitación de las personas que tomen la declaración; establecer un protocolo estandarizado para ello; acondicionar recintos adecuados para la toma de declaración; asegurar la participación activa de los intervinientes en dicha diligencia; registrar en un soporte audiovisual esta diligencia y asegurar que sirva de prueba en el juicio oral.

El proyecto sugiere fijar un nuevo protocolo que se activaría una vez ingresada la denuncia de un delito violento. Primero, se agenda una entrevista en un recinto acondicionado con sala de espejo y sistema de registro audiovisual. Esta entrevista debe practicarse por un psicólogo, asistente social o funcionario capacitado para tal efecto, y siguiendo un procedimiento de intervención, lo que descarta el interrogatorio en forma directa por un tribunal.

Las partes pueden concurrir con un perito de su confianza, para solicitar la formulación de preguntas, a través del profesional especializado que tome la declaración al niño y adolescente. Lo esencial de este procedimiento es que la entrevista queda en registro audiovisual que se constituye en prueba para un eventual juicio oral