La Corte de Apelaciones de Santiago multó al banco BBVA por publicidad engañosa en el marco de una promoción de préstamos post terremoto.
Precisamente, los ministros de la 7º sala del tribunal de alzada condenaron a la entidad bancaria a pagar al Fisco 30 UTM, equivalentes a más de 1 millón de pesos, por infringir la Ley del Consumidor.
El argumento del fallo ante la denuncia del SERNAC, sostiene que la entidad bancaria infringió las normas de publicidad al promover un crédito, tras el terremoto del 27 de febrero de 2010, en las regiones afectadas por el sismo.
“Existe publicidad que contiene expresiones que inducen a error o engaño al consumidor, ya que bajo la apariencia de una oferta de más plazo para pagar y sin intereses, que pareciera estar dirigida a gran cantidad de usuarios, se aclara que sólo es para clientes de Tarjeta de Crédito”
La resolución agrega “las restricciones que se contemplan se estampan en letra tan pequeña que resulta casi ilegible, y tornan la oferta en una cuestión impracticable o limitada a un número muy reducido de personas”.
Los jueces concluyeron que los caracteres de las restricciones en la publicidad deberían ir con “tamaño superior que el usado para la oferta de que se trate, y lo contrario revela verdadera mala fe”.