Tras el fallo de la Corte Suprema realizado en mayo pasado, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (Siss), determinó una interpretación ante la norma de abandono de las aguas servidas en cauces naturales y artificiales, pero aclaró que no posee las facultades para sostener si las empresas se hacen dueñas de éstas.

“La Siss no tiene competencia para pronunciarse sobre si las empresas sanitarias se hacen dueñas o tienen el dominio de las aguas servidas que depuran, dado que la norma que interpreta no es constitutiva de derechos ni da competencia a dicha Superintendencia para así declararlo”, explicó el organismo mediante un comunicado, en referencia al artículo 61 de la Ley General de Servicios Sanitarios.

Además, aclaró que el servicio que el concesionario debe ejecutar, “está bajo regulación, fiscalización y tarificación por la autoridad”. En consecuencia, la superintendencia determinó que “cuando el usuario paga en su tarifa por este servicio, lo que hace es financiar su depuración para que esas aguas que vierte en las redes públicas sean devueltas al medio libre de contaminación, no siendo un fin de la tarifa el que tal tratamiento sirva para otros propósitos diferentes de los informados en la concesión”.

Esta declaración se realiza luego que la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmara la sentencia del Tribunal de Defensa de Libre Competencia (TDLC), que multó a las empresas de servicios sanitarios Aguas Nuevo Sur Maule S.A., ESSBIO S.A., ANSM y Aguas Andinas, por diversas malas prácticas hacia sus clientes.

Entre ellas, cobros arbitrariamente discriminatorios y abusivos a proyectos inmobiliarios en zonas rurales de la región del Maule y el uso de parámetros injustificados en el cálculo de cobros inmobiliarios.