La justicia determinó que más de medio centenar de profesores que prestaron servicio a la Municipalidad de Temuco no tienen derecho a doble indemnización por años de servicio, luego que los educadores presentaran su renuncia en forma voluntaria.

La Corte Suprema resolvió un recurso de casación interpuesto por un grupo de 70 profesores, quienes luego de acogerse a retiro voluntario de acuerdo a la ley que contempla dos opciones, renunciaron y en ese sentido tendrían derecho a una indemnización por años de servicio con un tope de 11 meses, o que se declare la vacancia y se les indemnizara por el total.

Al respecto se refirió el asesor jurídico del municipio local, abogado Juan de Dios Fuentes.

Siempre amparado en lo que refiere la ley, Juan de Díos Fuentes dijo que la Corte Suprema zanjó el tema nuevamente a favor de la municipalidad de Temuco, que ya en primera y segunda instancia contaba con fallos a su favor, estos señalaban que si existe una renuncia como acto voluntario de no perceberar en el contrato como lo hicieron los demandantes, no procede la pretendida doble indemnización.