Por cometer una falta grave la justicia condenó a la empresa Forestal Crecex a cancelar 12 millones de pesos tras acreditar incumplimiento en los planes de manejo y cortar bosque nativo en la comuna de Angol acción expresamente prohibida por la Corporación Nacional Forestal. Empresa debe reforestar con especies nativas la extensión intervenida en forma ilegal.

Forestal Crecex se ha defendido sosteniendo que la superficie afectada por la corta efectuada en la zona de protección y que se tradujo en la eliminación de la vegetación existente a orilla de quebrada, no llega a las 20,1 hás. denunciadas sino que solo a 2,5 hás .

La Corte de Temuco dio merito a lo señalado por Conaf, no solo porque la misma justifica el como llega a la cifra referida, sino porque la prueba testimonial rendida por Forestal Crecex no cuestiono la efectividad de lo en ella señalado, afirmando que las operaciones de corte eran en base a las instrucciones que les entregó Mininco.

El director de Conaf araucanía, Robert Leslie dijo que se determino la zona de protección en las cuales se efectuó corta ilegal en la provincia de Malleco, indicando que ello fue con antecedentes aero fotogramétricos, mediciones con GPS, croquis de cada zona de protección, lo que permite determinar con exactitud los polígonos donde se produjo el incumplimiento.

La Corte de la Araucanía entiende configurada la infracción denunciada por Conaf en superficie de 20.1 hectáreas, no acreditando que se haya obrado al tiempo del corte por ignorancia excusable o por buena fe, fijándose la multa en 15 UTM por hectárea, lo que da un total de 301,5 UTM.

El tribunal de alzada anuló, con costas, la sentencia del Juzgado de Policía Local de Angol y en su lugar condenó a Forestal Crecex SA. al pago de una multa a beneficio municipal ascendente a 12 millones de pesos.