Ayer, en la quizás más polémica elección de directiva de la ANFP en su historia, el empresario español Jorge Segovia venció con su lista a la del actual presidente Harold Mayne-Nicholls, convirtiéndose en el futuro mandamás del fútbol profesional chileno por 28 votos a 22.

Directiva

Segovia y su directiva | ANFP.cl

Pero, hoy la presidencia de Segovia estaría en riesgo, ya que el reglamento de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional le impediría asumir.

Según público hoy El Mercurio en su edición impresa, en el artículo 164 del reglamento de la ANFP, en donde se aclara quienes no pueden ser dirigentes del ente rector del fútbol nacional, se consigna lo siguiente en el apartado i:

Las personas naturales que por sí, o a través de su cónyuge o sus parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o de sociedades o empresas en las cuales sean director o dueño directo o a través de otras personas naturales o jurídicas de un 10% o más de su capital, hayan celebrado actos o contratos de cualquier naturaleza con la Asociación o sus clubes asociados

Segovia se ve afectado por este artículo ya que, mientras era dueño de Unión Española, celebró un contrato con la Universidad SEK, también de su propiedad, inhabilitándolo para ser dirigente.

El artículo 164 se determina, a la vez, que la inhabilidad termina 2 años después de que termine el vínculo contractual. Pero, Segovia no ha manifestado intención de vender sus acciones en Unión Española.

Consultado por El Mercurio, el español dijo que desconocía la norma y que hablaría con sus abogados para contestar más precisamente.

Revisa el reglamento de la ANFP (artículo 164 en la página 43).