Audiencia | C. Martínez

Aunque establecieron como delito terrorista el instalar un artefacto explosivo, los jueces del Tribunal Oral de Temuco, decidieron Absolver a un joven acusado por el Ministerio Público de instalar uno de estos elementos en la Defensoría Penal Pública al considerar insuficientes las pruebas de la Fiscalía para culparlo.

Tras sietes dias de audiencia e intenso debate, los jueces orales resolvieron absolver a Edgardo José Hernández Lucero de la imputación que le formuló el Ministerio Público, de haber instalado la madrugada del 11 de diciembre del año 2008, un extintor relleno con pólvora negra y mecha industrial que detonó en el acceso al edificio de la Defensoría Penal
Pública de Temuco, generando daños en una puerta y ventanales.

El juez, Gonzalo Garay, leyó el veredicto absolutorio explicando que las pruebas rendidas por el Ministerio Público fueron insuficientes, para derribar la presunción de inocencia que amparó al acusado.

El fiscal, Sergio Moya, destacó que los jueces hayan establecido como delito terrorista el instalar artefactos explosivos.

Por su parte el abogado Alvaro Valdebenito, defensor penal público que representó al acusado, enfatizó que pese al intento del Ministerio Público de genera impacto mediático con pruebas en video por ejemplo, sobre los efectos de un artefacto explosivo,los jueces no lograron convencerse de que Hernandez Lucero haya participado en el atentado investigado.

Los argumentos de los jueces para decidir absolver a Edgardo José Hernández Lucero del delito de instalar artefactos explosivos, investigados bajo ley antiterrorista, serán informados en una audiencia programada para el martes 25 de mayo a las cuatro de la tarde.