“El 18 de septiembre es un feriado irrenunciable y obligatorio para los trabajadores del Comercio”, señaló enfáticamente la nueva jefa provincial de la Inspección del Trabajo de Osorno, Tamara Fuentes, quien señaló que, ante la proximidad de las Fiestas Patrias, se notificará a los comerciantes del derecho a descanso que tienen los trabajadores del comercio y casas particulares este 18 de septiembre.

Se trata de derechos ganados por los trabajadores en conformidad a la ley 20.215, que fijó nuevas normas en materia de jornada laboral y descansos para los trabajadores que del comercio como supermercados y malls, entre otros:

Este feriado es obligatorio aun cuando por acuerdo expreso contenido en instrumentos individuales o colectivos de trabajo, o tácito, tengan garantizado el descanso del día 19 de septiembre. De ser así, dichos trabajadores tendrán derecho a descansar los días 18 y 19 de septiembre de cada año; el primero por mandato legal, y el segundo por acuerdo expreso o tácito de las partes contratantes.

Asimismo, la nueva ley 20336 del 3 de abril de 2009, amplía el régimen de descanso semanal de trabajadoras de casas particulares que vivan en la casa del empleador, las que, aparte de su día de descanso que les corresponde gozar en cada periodo semanal, tendrán derecho a descansar también en todos aquellos días que la ley declare festivos.

En cuanto a la entrega de aguinaldos, la dirección del trabajo precisó que en nuestro país este beneficio opera según acuerdo de las partes, entre trabajador y empleador, ya que no es una obligación legal, salvo para el sector público:

Este bono se entrega a los trabajadores de empresas que lo tienen contemplado en su contrato colectivo.