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Contexto | Agencia Uno

Pluralismo Jurídico: de qué se trata la norma aprobada en general por la CC

Miércoles 16 febrero de 2022 | 13:42
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Por 114 votos a favor y 37 votos en contra, el pleno de la Convención Constitucional aprobó de manera general el artículo 2 del informe de la comisión de Sistemas de Justicias que establece el "pluralismo jurídico". Conoce de qué trata la idea que debe ser revisada de manera particular y qué necesita para convertirse en norma constitucional.

Entre la noche de este martes y la madrugada de miércoles el pleno de la Convención Constitucional votó las primeras normas y aprobó 14 de los 16 artículos presentados en el informe de la Comisión de Sistemas de Justicia, entre los que se encuentra el de pluralismo jurídico.

Cabe destacar que cada norma necesita 103 votos, es decir, 2/3 del quórum para ser aprobadas en general y pasar a su discusión en particular.

¿Qué es el Pluralismo Jurídico?

La norma que establece el denominado pluralismo jurídico fue aprobada por el pleno con 114 votos a favor y 37 votos en contra.

El artículo aprobado establece que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas“.

A lo anterior, agrega que es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos sistemas, “con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”.

Opiniones a favor y en contra del Pluralismo Jurídico

La mayor crítica la realizaron convencionales de derecha, quienes aseguran que se trata de un sistema paralelo de justicia.

Luis Mayol, representante de RN en la Convención, afirmó que la norma “establece un sistema que vulnera la igualdad ante la ley”.

El constituyente agregó que Chile cuenta con 10 pueblos indígenas, por lo que el sistema jurisdiccional no sería uniforme.

En tano, la ex presidenta del organismo, Elisa Loncón, aclaró “que esto no se trata de entrar en tierra de nadie”, descartando una intervención en el sistema jurídico actual. Si no que, para ella se trata de “mantener a los sistemas coordinados“.

¿Qué se necesita para que sea ley constitucional?

Al articulo 2 del informe de la comisión de Sistemas de Justicias, referente al pluralismo jurídico deberá ser revisado de manera particular por el pleno, este jueves a eso de las 15:00 horas.

Para que suceda lo anterior, las normas deben ser aprobadas por al menos 103 votos de manera general.

Los artículos que sacan menos de 103 votos, pero más de 77, es decir, mayoría simple, son rechazadas. Sin embargo, vuelven a la comisión respectiva para que esta realice cambios.

Por último, en el caso de no obtener los 77 votos, la norma queda rechazada y no se puede seguir discutiendo.

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