La Corte Suprema, a través de su Tercera Sala, reafirmó este jueves su autoridad sobre el Tribunal Constitucional (TC), al volver a sostener que las sentencias de ese órgano pueden ser revisadas mediante un recurso de protección.

Recapitulando brevemente, el lunes la Corte Suprema emitió un fallo por recurso de protección que cuestionó la forma como se había entendido la estructura jurisdiccional, desatando una pugna con el TC.

En primer lugar, si se comenzara a aplicar el razonamiento de la Suprema en su sentencia, las determinaciones del TC podrían ser revisadas a través de un recurso de protección, con lo que sus resoluciones ya no serían definitivas.

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(La autonomía constitucional del TC) no excluye la revisión judicial posterior por medio de la acción constitucional de garantía de derechos fundamentales que la Carta Política contempla
- Tercera Sala de la Corte Suprema

Una segunda consecuencia es que los tribunales ordinarios, en caso de que hubiera una sentencia del TC relacionada a un caso específico, tendrían que examinar el contenido de dicha resolución para definir qué parte es vinculante y cuál no, considerando si el TC actuó de acuerdo a sus atribuciones.

Después de que el TC saliera al paso el martes, recordando principalmente que “no procede recurso alguno” en contra de sus resoluciones, el miércoles el ministro de Justicia, Hernán Larraín, llegó a plantear que el Gobierno podría intervenir con una reforma constitucional para dirimir el problema de quién controla a quién.

Ese tema no está resuelto actualmente en la Constitución, porque se supone que no debería haber traslape de funciones jurisdiccionales que originaran esta clase de conflictos.

Pero este jueves la Tercera Sala, liderada por el expresidente de la Suprema, Sergio Muñoz, volvió a hablar, y sin sacar el pie del acelerador.

Aparentemente intentando rebatir al TC, que dijo que los argumentos expuestos pretendían “rediseñar el esquema de competencias constitucionales”, la sala aseguró que “las materias de carácter jurídico tienen espacios propios para ser debatidas adecuadamente” y que “son otros los órganos estatales los competentes para decidir lo pertinente con carácter general, en ningún caso el Tribunal Constitucional y tampoco la Corte Suprema”.

Ministro Sergio Muñoz | Sebastián Beltrán | Agencia UNO
Ministro Sergio Muñoz | Sebastián Beltrán | Agencia UNO

El máximo tribunal insistió en que no ejerció “superintendencia directiva, correccional o económica respecto del Tribunal Constitucional”, competencia de la cual carece.

Sin embargo, no echó pie atrás en cuanto a que la autonomía constitucional del TC “no excluye la revisión judicial posterior por medio de la acción constitucional de garantía de derechos fundamentales que la Carta Política contempla, puesto que no ampara aquellas que se han realizado al margen de las atribuciones confiadas por la Constitución o la ley”.

O sea, de nuevo dijo que el TC puede actuar fuera de la Constitución y, en caso de que lo haga, existe el recurso de protección para revisar esas decisiones.

De esa forma, reafirmó su poder sobre el TC, porque son las cortes de Apelaciones y la Suprema precisamente las que tramitan los recursos de protección.

Además, volvió a recalcar que en el caso que originó el conflicto, por el despido de una funcionaria de la Municipalidad de San Miguel, no era aplicable el recurso de protección, porque todavía faltaba que la Suprema fallara un recurso de unificación de jurisprudencia.

La Tercera Sala subrayó que es en ese proceso que se debe examinar si el TC actuó dentro de sus atribuciones al fallar que eran inaplicables las normas de tutela laboral en funcionarios públicos, y por lo tanto en ese análisis se debe concluir qué parte de la resolución del TC es vinculante y cuál no.

Recordatorio sobre representatividad de Tercera Sala pudo haber ido dirigido al presidente de la Suprema

La Tercera Sala en el último punto de la declaración también recordó que “conforme lo regula el Código Orgánico de Tribunales, para el ejercicio de sus competencias, la Corte Suprema se encuentra dividida en Salas y cada una de ellas representa a toda la Corte”.

Esa frase pudo haber tenido un objetivo interno, nada menos que el presidente del máximo tribunal, Haroldo Brito.

En sus intentos por bajarle el perfil a la situación, Brito había aludido a que se trataba de sólo una sala que se había pronunciado.

“El problema consiste en una resolución de una de las salas de esta Corte y eso es todo lo que hay. No significa que la Corte como tribunal, comprometiéndose completamente en el tema, haya tomado una decisión que afecte al Tribunal Constitucional”, había dicho el miércoles Brito.

Sebastián Beltrán | Agencia UNO
Sebastián Beltrán | Agencia UNO

El ministro vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, descartó que la relación entre el presidente del máximo tribunal, Haroldo Brito y el ministro Sergio Muñoz, líder de la Tercera Sala, sea tensa.

“El señor presidente y yo hemos tratado de decir que no existe un conflicto, y que son apreciaciones diferentes (entre el TC y la Corte Suprema)”, aclaró Cisternas.

Piñera asegura que de ser necesario reformarán la Constitución

En medio de su viaje a Perú, el presidente Sebastián Piñera se refirió a la pugna. El jefe de Estado sostuvo que es una situación preocupante y que si es necesario intervendrán con una reforma a la Constitución.

“Cuando hay diferencias de opinión se debilita la institucionalidad y el estado de derecho. Si fuera necesario vamos a recurrir a normar a través de la ley o a través de reforma a la propia Constitución”, afirmó Piñera.

En Chile, el ministro de Justicia y los Derechos Humanos, Hernán Larraín, volvió a hacer un llamado a ambas instituciones para arreglar la situación.

“En todo caso, nosotros lo que vamos a hacer es trabajar posibles soluciones desde el punto de vista normativo: reforma constitucional, leyes orgánicas”, comentó Larraín.