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Nueva ley: denunciante anónimo contra corruptos del mercado podrá recibir premio de $750 millones

Nueva ley: denunciante anónimo contra corruptos del mercado podrá recibir premio de $750 millones

Miércoles 05 mayo de 2021 | 06:00

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Archivo | CMF

Hace algunas semanas se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.314 que establece nuevas exigencias de transparencia y responsabilidades a los agentes del mercado. De seguro el cuerpo legal es desconocido para la mayoría de los chilenos, pero entre abogados, bancos, inversionistas privados, expertos en compliance, era un cuerpo legal esperado que incluye una figura inédita: el “denunciante anónimo”.

Conocido en inglés como el whistleblower o quien da la voz de alerta podría ser, por ejemplo, el contador auditor de una empresa, cooperativa, un banco, o un holding que transa en la bolsa, que descubrió entrega de información falsa al mercado.

Durante semanas reunió documentos, balances electrónicos, archivos y grabó en secreto a sus ejecutivos cuando daban instrucciones. Y en vez de hacer la denuncia en el canal interno, prefirió poner los hechos en conocimiento a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

El empleado tiene un incentivo importante para hacerlo, porque el nuevo cuerpo legal establece una recompensa, de comprobarse la infracción, que oscila entre un 10 y un 30% de la multa o bien un monto máximo de 25 mil Unidades de Fomento (UF), unos $750 millones. El sujeto no tiene de qué preocuparse porque su identidad se mantendrá bajo estricto secreto para siempre. Y un detalle: no pagará un solo peso de impuestos.

Según el experto en compliance de Prelafit, el abogado Rodrigo Reyes, esta nueva institución permitiría a la CMF tomar conocimiento con antelación “por ejemplo, en las estafas piramidales, como fue el caso Arcano, donde la autoridad se enteró cuando ya era tarde”.

“Si por entonces hubiera existido una herramienta de este tipo se podrían haber tomado algunas medidas con anticipación y no haber esperado que esto significara la debacle para muchas víctimas”, apuntó.

Para Felipe Arenas, director del MBA Executive de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Talca, explicó que se trata también de un nuevo rayado de cancha para los diferentes agentes de mercado”.

A su juicio permitirá perfeccionar “los mecanismos que ayudan a proteger a los accionistas minoritarios y fomentando, la adopción de prácticas relacionadas a limitar los posibles conflictos de intereses que se pudieran generar al interior del gobierno corporativo de las empresas”.

Los otros

La norma tendrá también algunas restricciones. La víctima de una compañía corrupta no podrá ser denunciante, como tampoco el autor de las infracciones.

Arenas estima que “el espíritu de la Ley en este punto busca fomentar la denuncia de terceras partes y no la auto-denuncia con el objetivo de llegar a una suerte de delación compensada, como en los casos de colusión que ha trabajado la Fiscalía Nacional Económica”.

La modificación sostienen ambos especialistas puede ser positiva para la regulación y fiscalización, pero además las empresas deberán subir el estándar interno.

“Estas herramientas colaboran para que las empresas puedan desarrollar programas de cumplimiento más eficaces que efectivamente cumplan el objetivo de prevenir la comisión de conducta indeseadas por parte de sus ejecutivos. Lo importante es que esa empresa conozca, al menos con anterioridad, que existe este problema”, señala Reyes.

Arenas: “A mi parecer, incide positivamente, debido a que hace parte “activa” a la Comisión del Mercado Financiero del compliance de los diferentes agentes del mercado, subiendo la temática a un nivel de regulador”.

De rebote, este nuevo artículo que contiene el cuerpo normativo agregó una modificación a la Ley de Lavado de Activos que permitirá a la Unidad de Análisis Financiero una herramienta para investigar a quienes se dediquen a quienes “reciban dinero del público” sin pertenecer a ninguno de los giros formales del rubro. De paso, también le entregará un elemento al Ministerio Público para sus indagatorias por el ilícito mencionado.

Espejo

La nueva legislación nacional tuvo como ejemplo lo ocurrido en Estados Unidos después de la llamada “crisis subprime” de finales de 2008 con el sistema de otorgamiento y uso de las hipotecas.

A raíz de lo anterior actualmente la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (Securities and Exchange Commission, SEC) maneja una sección conocida como Office of the Whistleblower (OW), según Reyes,

“A raíz de la crisis subprime se dictaron una serie de reformas para recuperar la confianza de los inversores y una de estas medidas se hizo mediante una ley llamada Dot-Franck de normas de protección al consumidor y que aproximadamente en 2010 un programa de incentivo muy parecido a lo de la CMF y protección a los denunciantes de corrupción”, explicó.

Al igual como ocurrirá en Chile, los denunciantes pueden recibir un premio, cuyo monto máximo pagado hasta ahora llega a los US$50 millones, añadió Reyes.

Arenas, en tanto, destacó que “la experiencia comparada a nivel internacional es positiva, de hecho, la OCDE es uno de los principales organismos promotores de estas prácticas para sus países miembros.

“En este sentido, países anglosajones como Estados Unidos, Canadá y Reino Unido, entre otros, ya han avanzado en esta materia. Al respecto, esta regulación, permite disminuir las brechas relacionadas a la protección del mercado de capitales existente entre países desarrollados y Chile”, agregó.

La OW funciona, una parte con fondos presupuestarios, pero también con lo obtenido de las multas cobradas a los infractores.

Esta semana la CMF inició un proceso de consultas al mercado, para dictar posteriormente al reglamento de aplicación.

De acuerdo a la decisión del organismo la información que entregue el denunciante anónimo deberá tener ciertas características que valorará la Unidad de Investigación. Por ejemplo que los datos sean “precisos”, “veraces”, “comprobables” y “desconocidos”. Quien entregue antecedentes falsos, podrá ser sancionado.

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