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La pugna notarial entre ex notaria interina de la 48ª Notaría de Santiago con la nueva titular

Sábado 21 octubre de 2023 | 07:00

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Agencia Uno | Imágenes temáticas de notarías.

La abogada Antonieta Rojas Pontigo, ex notaria interina de la 48ª Notaría de Santiago, presentó una querella por el delito de apropiación indebida en contra de Patricia Manríquez Huerta, actual notaria titular de dicha oficina. Acusa que esta última, ex notaria de San Miguel, tras llegar al cargo, realizó cobros a clientes por trabajos realizados por ella. La deuda, que también incluye bienes muebles, ascendería a más de 60 millones de pesos. Desde la defensa de Manríquez señalan que la acción legal es “calumniosa”, ya que le “imputa falsamente un delito de apropiación indebida faltando a la verdad y tergiversando hechos”. Además, comentaron que se reservan “el ejercicio de acciones penales y civiles” contra Rojas Pontigo. Disputa en sede penal que recién comienza.

Era un comentario de pasillo al interior del Poder Judicial: que el concurso para proveer el cargo de notario de la 48ª Notaría de Santiago podía recaer en la abogada Patricia Manríquez Huerta, entonces notaria de la Segunda Notaría de San Miguel. Manríquez es pareja de Eugenio González, conocido, de acuerdo a distintos medios, como el “Pingüino”, un operador judicial con amplios contactos.

Nominación que finalmente ocurrió. A mediados de mayo de este año la abogada de la Universidad Finis Terrae fue nombrada por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric titular en aquella plaza, la cual dejó vacante el renunciado Roberto Cifuentes Allel. El control jurídico por parte de la Contraloría General de la República (CGR) se materializó el 2 de mayo de 2023.

Pero mientras se desarrollaba el concurso, fue nombrada por la Corte de Apelaciones de Santiago de forma interina Antonieta Rojas Pontigo, quien desarrolló dichas funciones entre junio de 2022 a mayo del 2023. Rojas no era una extraña, previamente se había desempeñado como funcionaria en la mencionada notaría en los tiempos de Cifuentes Allel.

Tras la llegada de la notaria titular, las cosas entre ambas entrarían en un terreno pantanoso. A tal punto que hoy es materia de investigación una querella criminal presentada por Antonieta Rojas Pontigo contra Patricia Manríquez Huerta por el delito de apropiación indebida. La primera acusa a la segunda de apropiarse de más de 60 millones de pesos entre trabajos que realizó y que fueron cobrados por la segunda, además de bienes muebles (vea querella).

El 20 de febrero de 2023 el destino de la 48ª Notaría de Santiago comenzó a definirse. Aquella jornada se conformó la terna con los nombres de los postulantes más votados por el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago. Estos fueron Gloria Ortiz Carmona, entonces notaria de la 25ª Notaría de Santiago; Evaldo Rehbein Utreras, notario de la 4ª Notaría Viña de Viña del Mar; y Patricia Manríquez Huerta, notaria titular de Notaría de San Miguel.

Finalmente, fue esta última quien obtuvo la plaza. Pero antes de este hito, ya había incursionado en otras notarías de la zona metropolitana. Por ejemplo, en mayo de 2021 Manríquez Huerta quedó en la terna para proveer el cargo de notario en la 45ª Notaría Pública de Santiago que dejó vacante por la renuncia de Hernán Benavente Cash. Pasaron solo años para que lograra cambiar de asiento de Corte, pasando de San Miguel a Santiago.

Pugna notarial

En la acción legal, patrocinada por el estudio jurídico Barruel y Borzutzky Abogados, se detalla que en 2020 Antonieta Rojas Pontigo “comenzó sus labores como abogada funcionaria en la Notaría 48. (…) Transcurrido el tiempo, su cargo fue de notario suplente e interino”. Este último, elegido por la Corte de Apelaciones de Santiago, lo desempeñó entre junio de 2022 a mayo de 2023. Eso hasta el nombramiento de Patricia Manríquez Huerta.

Tras su llegada, Antonieta Rojas Pontigo le “señaló que debía iniciar el proceso de rendición de cuentas y entrega de la notaría”. Pese a esto, según la acción legal, Manríquez “le solicitó a Antonieta Rojas que continuará trabajando durante una semana más como Notario Suplente, (…) esto es desde los días 15 al 23 de mayo del presente año, ambas fechas inclusive”.

El 24 de mayo, es decir, un día después, la ex notaria interina no concurrió a la notaría debido a una “intervención quirúrgica” que la mantuvo con licencia médica hasta el 8 de junio de 2023. Fueron 15 días en total de ausencia. Desde este retorno, motivado por pendientes que mantenía, “no ejerció con calidad de notario suplente, sino como funcionaria”. El regreso oficial “a sus funciones” ocurrió el 24 junio. Fue ese mismo día que le comunicaron a Rojas “su desvinculación” con “efecto inmediato”.

El gen de la pugna

Cuando Patricia Manríquez Huerta desvinculó a Antonieta Rojas Pontigo “ambas partes acordaron revisar el acta de entrega” de la notaría para “firmarlo a la brevedad posible”. Fuentes de La Radio explican que “si bien no está regulado legalmente”, el acta “es importante pues permite eximir o atenuar la responsabilidad al (notario) titular que llegue de alguna de alguna situación que hubiese ocurrido con anterioridad”. En simple, agregan, permite conocer “el estado actual en que se encuentra y entrega la notaría”.

Pese a esto, a la fecha de la presentación de la querella, el 9 de agosto de 2023, esta situación “no se ha verificado. Lo cual resulta ser sumamente negligente y gravoso”, señala documento. No obstante, según información que maneja Radio Bío Bío, si bien aún no se oficializa la situación del acta, esta se debería firmar en los próximos días.

Según explica el libelo, el cobro por servicios notariales se puede realizar de dos formas: pagando en efectivo al momento en que se realiza el trámite y “mediante un crédito”. Esta última consta en que “se envía al cliente la orden de trabajo por los servicios realizados durante el mes, y se emite la boleta de honorarios respectiva”.

Bajo este contexto, la arremetida legal reclama que los “pagos devengados durante el periodo que doña Antonieta Rojas ejerció sus labores le corresponden a ella, y no a la Notaría 48ª, ni menos a doña Patricia Manríquez. Por esta misma razón es que cada notario está obligado a emitir boleta de honorarios a título personal por sus servicios prestados”.

En concreto, Patricia Manríquez “ha cobrado a su favor los trabajos realizados por Antonieta Rojas mientras ejerció el cargo de Notario Interino, inclusive ordenó anular boletas y órdenes de trabajo a nombre de nuestra representada (…) con el objetivo de apropiarse de los fondos derivados del trabajo realizado por Antonieta Rojas”, sostiene la ex notaria interina, Antonieta Rojas Pontigo.

Para sostener la acción, la querellante menciona que siempre fue “copiada en los correos electrónicos enviados por el Departamento de Contabilidad de la Notaría”. Tras su desvinculación, la notaria titular solicitó que “no se copiara más” a Antonieta Rojas en las comunicaciones. Junto a esto, Manríquez habría solicitado a clientes que mantenían deudas de trabajos realizados por Rojas que efectuaran los depósitos a su cuenta.

Ejemplo de lo anterior es un correo electrónico adjuntado al texto legal en el cual se le solicitó a un cliente de la notaría “depositar directamente a la cuenta bancaria de la querellada un trabajo que había sido realizado por Antonieta Rojas, mientras ejerció su cargo como Notario Interino”. El mensaje fue enviado por Eugenia Villagra, del área de Contabilidad, a una inmobiliaria.

Desencuentros

Pero la historia seguiría acumulando desencuentros entre Rojas y Manríquez. El 10 de julio, Antonieta fue donde su ex empleadora con el fin de que se le “pagara su remuneración como notario suplente”, las “comisiones que debía percibir por sus clientes al momento de ser funcionaria”, y que se le “restituyeran los dineros cobrados a los clientes a su favor de Patricia Manríquez y que corresponden al periodo en que la querellante fue notario interino”.

Al mes siguiente, el 8 de agosto, Rojas le solicitó a Manríquez la “devolución” de computadores, impresoras y bienes muebles “de su propiedad”, petición a la que esta última no accedió. “Ante la negativa de Manríquez se presentó una denuncia en la Brigada Criminalística de Las Condes, por el delito de apropiación indebida”, se lee en el escrito. Y agrega que “la querellada en su calidad de custodia de fondos de propiedad de mi representada (…) ha generado un perjuicio superior a los $60.000.000.”.

La situación que mantiene en pugna a Rojas y Manríquez, según fuentes judiciales, es más común de lo que parece, aunque no todas llegan a judicializarse. En mayo de este año el nuevo Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, Luis Enrique Fisher, mantuvo una particular situación con la saliente conservadora, Ana María Letelier. Y es que tras ser nombrado, Fisher no pudo acceder de inmediato a las instalaciones donde se encontraba el conservador.

La situación escaló a tal nivel que este último solicitó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso una prórroga para poder abrir el servicio a los usuarios de la quinta región. “pese a los esfuerzos efectuados por mi persona, a la fecha me ha sido imposible arribar a acuerdo con los propietarios del oficio actual, no pudiendo acceder de forma cabal y completa a sus instalaciones y Registros”, señaló Fisher en un escrito al tribunal de alzada porteño.

Querella “calumniosa”

María Fernanda Cuevas, abogada de Manríquez Huerta, sostiene que la acción legal en cuestión es “calumniosa”. “La querella presentada por la Sra. Antonieta Rojas contra la notaria titular, doña Patricia Manríquez Huerta, es una querella calumniosa que imputa falsamente un delito de apropiación indebida a mi representada, faltando a la verdad y tergiversando los hechos ocurridos durante el periodo que la Sra. Rojas ejerció funciones como notario interino”, explicó.

En ese sentido, alega la “inexistencia del delito imputado y la completa inocencia de doña Patricia Manríquez Huerta, reservándonos el ejercicio de acciones penales y civiles contra la ex notaria suplente”. Asimismo, retruca que desde la llegada de Manríquez a la notaría ésta ha “entregado y solicitado a la Sra. Rojas la firma del documento titulado ‘acta de entrega y recepción’ de la notaría en reiteradas ocasiones (…) negándose injustificadamente en cada una de dichas oportunidades a firmar dicha acta”.

También señala “de manera enfática” que Manríquez “no se ha apropiado de dineros que podrían corresponder a la Sra. Rojas por los trabajos realizados durante su periodo como notaria interina. Incluso la Sra. Rojas actualmente adeuda diversos gastos (…) que ascienden a la cifra de $35.288.321.”. Estos, en detalle, provienen de “remuneraciones de funcionarios de la notaría, gastos comunes y otros gastos derivados de la labor de quien ejerce la calidad de notario”.

Cuevas también aclara que Manríquez “en ningún momento ‘desvinculó’ a la Sra. Rojas, ya que esta no detentaba la calidad de funcionaria de la notaría desde antes de asumir la notaria titular”. Lo anterior, a raíz de que “ella -Rojas- fue contratada por el ex notario titular. (…) Una vez que dicho notario renunció a su calidad de tal en la notaría en comento, la Sra. Rojas hubo de renunciar a su calidad de trabajadora de dicha notaría para poder ser nombrada como notario interino”.

Sobre el correo adjuntado en la acción legal, la defensa de Manríquez retruca que “no se adjuntan antecedentes que den cuenta de los cobros por servicios u órdenes de trabajo realizados durante el periodo como notaria interina de la Sra. Rojas (…) El pantallazo adjunto en la querella da cuenta de la entrega de datos bancarios por parte de mi representada para emitir boleta de honorarios por los servicios notariales a un cliente que realizó trámites notariales (…) a fin de justificar gastos (egresos) de acuerdo a registros contables de cada empresa”.

Lo anterior, sostiene María Fernanda Cuevas, “no podría ser de otra forma, ya que solo puede emitir una boleta de honorarios como notario aquella que desempeña actual y legalmente esas funciones. La señora Rojas, una vez que dejó de ejercer como notaria interina, está imposibilitada legal y tributariamente a emitir boletas por un cargo que requiere una designación conforme a la ley. Cualquier acto en que pretenda arrogarse o fingir la calidad de notaria, sin serlo, es constitutivo de delito”.

Para entender

Una fuente judicial explica que los notarios interinos y suplentes “son nombrados por la Corte de asiento”. El interino “se nombra cuando el cargo queda vacante” por fallecimiento, jubilación, renuncia o “porque se cambió a otro lugar”. Bajo este contexto, y como la notaría sigue en funciones, “se nombra un interino que es como un titular provisorio. Luego, cuando se resuelve el concurso de esa notaría, se nombra y asume el nuevo titular, y el interino cesa sus funciones”.

En tanto, el suplente es alguien “que propone el mismo notario titular y lo nombra la Corte de asiento, pero que asume provisionalmente las funciones de notario mientras éste está con permiso, vacaciones o con licencia. Los efectos de sus actos se radican en el notario titular”, agrega la misma fuente. En este caso, el 15 de mayo Manríquez asumió el cargo.

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