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Tras muerte de paciente en Providencia la contradicción de permisos de clínicas que no deben operar

Permitida y prohibida al mismo tiempo: los contradictorios permisos a clínicas estéticas

Javiera Ostertag Franzoy

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

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Javiera Ostertag Franzoy

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Javiera Ostertag Franzoy

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Martes 14 abril de 2026 | 06:00
Investigación

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Tras muerte de paciente en Providencia la contradicción de permisos de clínicas que no deben operar

Ética y transparencia de BioBioChile

La muerte de un paciente en una clínica estética de Providencia no solo abrió la causa penal que tiene formalizado a un médico boliviano por cuasidelito de homicidio, sino que dejó al descubierto una falla más profunda: un recinto autorizado sanitariamente para operar como clínica en un lugar donde el municipio lo prohíbe. La superposición de permisos entre la Seremi de Salud y la Municipalidad no solo evidencia falta de coordinación, sino que instala la posibilidad de que otros centros estén funcionando bajo las mismas incompatibilidades.

A comienzos de marzo, el médico cirujano boliviano Elmer Terraza Ríos fue formalizado por cuasidelito de homicidio, tras la muerte del sargento Alan González que se sometió a una cirugía estética en la Clínica Almirante Pastene, en Providencia, de la cual es representante.

Durante la audiencia, la Fiscalía expuso una presunta negligencia en el procedimiento que se llevó a cabo a inicios de febrero, que habría terminado con la perforación del colon del paciente y su posterior fallecimiento por peritonitis difusa. Pero el caso no solo abrió un flanco penal, sino que también dejó al descubierto un problema más profundo vinculado a los permisos que habilitaban el funcionamiento del recinto.

Luego en marzo, otra paciente fue ingresada a la UCI tras sufrir un paro cardiorespiratorio durante una cirugía estética, teniendo que ser trasladada por personal del SAMU hasta la Clínica Santa María

Tras este hecho, la Municipalidad de Providencia fiscalizó el lugar y detectó que operaba como clínica pese a contar con una patente que expresamente lo prohibía, y que permitía solo el funcionamiento de un centro médico no complejo. Al no permitir la zona donde se emplaza el inmueble ese tipo de establecimiento, el municipio decretó su clausura.

Sin embargo, al revisar la documentación oficial, el conflicto se complejiza. No se trata solo de un eventual incumplimiento por parte del recinto, sino de una contradicción directa entre organismos del Estado, ya que mientras el municipio prohibía el funcionamiento como clínica, la Seremi de Salud sí había autorizado su operación bajo esa misma categoría.

Justamente, una Resolución Exenta de la Seremi de Salud Metropolitana, fechada el 2 de enero de 2023, aprobó la instalación de una “clínica médico-quirúrgica” en el mismo inmueble. El documento detalla una infraestructura de alta complejidad: hospitalización, siete pabellones de cirugía mayor, sala de recuperación anestésica con siete camillas y habitaciones individuales, además de cupos autorizados para pacientes.

Pero semanas antes, en noviembre de 2022, el Certificado de Informaciones Previas emitido por la Municipalidad de Providencia establecía lo contrario. En ese documento se señala que, si bien se permiten consultas médicas y centros de menor complejidad en aquella zona, están explícitamente prohibidos los “hospitales y clínicas”.

La superposición de ambos actos administrativos instala una pregunta clave: ¿cómo pudo autorizarse sanitariamente una clínica en un lugar donde el uso de suelo lo prohíbe?

Fuentes conocedoras del sistema indican que, aunque no siempre es una exigencia formal, las Seremi de Salud suelen considerar antecedentes urbanísticos antes de otorgar autorizaciones. En este caso, todo indica que esa verificación no se habría realizado, o al menos no de forma efectiva.

El resultado es una falla que va más allá de un caso puntual. La falta de coordinación entre instituciones abre la posibilidad de que existan otros centros operando bajo autorizaciones incompatibles. Un escenario que, como evidencia este caso, puede tener consecuencias graves.

Las respuestas de los organismos involucrados, sin embargo, no lograron despejar las dudas.

Consultada por Radio Bío Bío, la Municipalidad de Providencia confirmó que otorgó al recinto una patente de “Centro Médico”, limitada a atenciones ambulatorias o de baja complejidad, y reiteró que el Plan Regulador Comunal prohíbe clínicas en esa zona.

Respecto a fiscalizaciones, el municipio informó que desde 2024 se han realizado al menos cinco, incluyendo una tras la muerte de una mujer de 28 años ese mismo año, que derivó en una prohibición de funcionamiento dictada por la autoridad sanitaria hasta que se subsanaran las observaciones.

Pese a ello, el propio municipio reconoce limitaciones en su actuar. “La fiscalización se realiza dentro de nuestras competencias y con las restricciones de acceso que impone el propio centro”, señalaron respecto a una visita del 2025.

En 2026, luego del último fallecimiento, nuevas inspecciones detectaron que el recinto se encontraba operando como clínica estética, fuera del marco de su patente, lo que finalmente derivó en su clausura.

Consultados sobre si este tipo de irregularidades podrían repetirse, desde la municipalidad señalaron que cuentan con programas permanentes de revisión de patentes. Sin embargo, en este caso, el uso indebido solo fue detectado después de la muerte del paciente.

Por su parte, la Seremi de Salud Metropolitana justificó la autorización señalando que el recinto cumplía con las exigencias del Código Sanitario, y al ser consultados sobre la compatibilidad con el uso de suelo dijeron que es verificación corresponde a la municipalidad.

También informaron que desde 2023, la autoridad sanitaria ha iniciado cuatro sumarios contra el establecimiento, tres de ellos ya finalizados, con multas que suman 210 UTM. Además, en marzo de 2026 se decretó la prohibición de funcionamiento para pabellones y sala de recuperación anestésica a raíz del sumario abierto por la muerte del paciente.

Aun así, la pregunta de fondo permanece sin respuesta clara. Ante la posibilidad de que existan otros casos similares, la Seremi derivó nuevamente la responsabilidad: “Es materia de la municipalidad”.

El caso deja en evidencia una zona gris en el sistema de control: organismos que operan en paralelo, sin cruces efectivos de información, permitiendo que una clínica pueda ser, al mismo tiempo, autorizada y prohibida por el Estado.

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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

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