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Padrón irregular en Aduanas: tribunal anula elección del gremio por votos "fantasma"

Josefina Ossandón

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

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Josefina Ossandón

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Josefina Ossandón

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

Viernes 27 marzo de 2026 | 06:00
Investigación

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Agencia UNO | Tribunal Electoral de Valparaíso

Ética y transparencia de BioBioChile

Una lista de votantes construida con datos incorrectos, un correo de alerta enviado horas antes de la elección y una diferencia de apenas 8 votos entre quedar dentro o fuera del directorio. Con esos ingredientes, el Tribunal Electoral Regional de Valparaíso anuló la elección de la directiva nacional de ANFACH, la asociación que agrupa a los funcionarios de Aduanas de todo Chile.

Todo partió con un padrón. Uno que, según los estatutos de la propia organización, estaba mal confeccionado desde el inicio.

La elección de la Directiva Nacional de la Asociación Nacional de Funcionarios de Aduanas de Chile (ANFACH) para el período 2025-2027 se realizó el 6 de marzo de 2025 de forma electrónica, a través de la plataforma Evoters de la empresa Evouting. Al ser una organización de alcance nacional, el voto presencial no era una opción: todo dependía de quién figurara en el padrón cargado al sistema.

Y ahí estaba el problema.

Los estatutos de ANFACH exigen que los socios tengan al menos 90 días de antigüedad para poder votar. Eso significaba que el corte debió fijarse el 6 de diciembre de 2024. Sin embargo, el padrón utilizado fue construido con una base de datos de Aduanas al 31 de enero de 2025, apenas 35 días antes de la elección.

En términos simples: personas que no tenían derecho a voto pudieron sufragar. Y nadie lo detuvo a tiempo.

El correo que llegó tarde

Lo más inquietante del caso es que alguien sí sabía que algo estaba mal. El 5 de marzo de 2025, la víspera de la elección, un miembro del TRICEL NACIONAL envió un correo a ANFACH advirtiendo que el padrón tenía errores: incluía personas que ya no trabajaban en el Servicio Nacional de Aduanas o que se habían trasladado a otra aduana. En ese mensaje, se pedía al personal administrativo de la asociación que identificara las diferencias y las comunicara directamente a la plataforma de votación.

El correo decía, según consta en la reclamación presentada ante el TRICEL de Valparaíso y a la que Radio Bío Bío tuvo acceso: “Estimadas Anfach. Les envío en anexo bases de datos de descuentos Anfach para que lo puedan cruzar con el padrón actual. También les envío un listado de errores que contenía el padrón respecto de personas que no pertenece al SNA y personas que se cambiaron de aduana […] Si existieran diferencias en el cruce de datos que les solicitamos les ruego comunicarlas a la brevedad a evoting”.

El problema, según los nueve funcionarios que presentaron la reclamación, es que esa corrección no le correspondía hacerla al personal administrativo de ANFACH, sino exclusivamente al TRICEL NACIONAL. Y que, sea como fuera que se hiciera, nunca fue transparente ni verificable.

Ocho votos, veintiún “fantasmas”

Aquí es donde los números se vuelven imposibles de ignorar. Según los antecedentes del caso, el padrón modificado quedó compuesto por 1.457 votantes. Pero el número de socios que cumplían con el requisito estatutario de 90 días de antigüedad era de 1.478. La diferencia: 21 personas que no deberían haber votado, pero que votaron.

¿Por qué importa tanto ese número? Porque la elección se definió por márgenes ínfimos. Entre el último candidato electo —quinto lugar— y quienes quedaron fuera hubo diferencias de apenas unos pocos votos: Karina Vargas Andrade (6°) y Rosa María Ogalde Montecinos (7°) obtuvieron 253 votos cada una; Frank Hanshing Drummond (8°) sacó 251; y Teresa Arévalo Jorquera (9°) alcanzó 241. El último electo, en tanto, sumó 261 sufragios.

Los 21 votantes irregulares superan esa brecha. Es decir, es matemáticamente imposible afirmar que el resultado habría sido el mismo sin ellos.

Y eso no fue todo. Según la reclamación, las dos candidaturas más votadas de toda la elección, con 413 y 390 votos respectivamente, sumando más del 50% del total, quedaron fuera del directorio, en aparente contradicción con lo acordado por la Asamblea Nacional de ANFACH.

El abogado que representa a los funcionarios denunciantes, Rodrigo Vergara Toledo, indicó a la radio que: “El TRICEL acogió la reclamación interpuesta por esta parte, fundado en las infracciones cometidas en el proceso eleccionario de marzo de 2025, en donde se elaboró un padrón electoral distorsionado afectando el resultado del proceso, teniendo como consecuencia que no exista certeza de la real diferencia de votos que hay entre el último postulante electo, que se ubica en la 5ta posición, y quienes se encuentran en los lugares 6 a 9. En los próximos días se procederá a la notificación y ejecución de la sentencia.”

La sentencia

El Tribunal Electoral Regional de Valparaíso, en la Causa Rol N°45-2025, acogió la reclamación y declaró nula la elección. La orden fue clara: convocar a una nueva votación. La sentencia fue firmada el 10 de febrero de 2026 por el Secretario Relator Andrés Alberto Torres Campbell.

Sin embargo, recién a inicios de marzo se hizo pública. Casi un mes después de dictada. Fuentes de la Radio comentaron que hay preocupación en la interna de Aduanas: el fallo podría generar roces y tensiones al interior del servicio. Pero, al tratarse de un asunto gremial, el organismo no tiene facultades para intervenir.

¿Cuál será el camino a seguir? ¿Se realizarán las nuevas elecciones? Radio Bío Bío se comunicó con el directorio actual para conocer su versión de los hechos y entender cuál será el futuro.

La presidenta nacional, Tamara Contreras, señaló que “el Directorio Nacional de ANFACH informa que la sentencia emitida en relación con el proceso electoral no se encuentra firme ni notificada oficialmente, por lo que aún puede ser objeto de impugnación conforme a las instancias legales vigentes. Como organización gremial, el Directorio se encuentra evaluando el camino jurídico a seguir, a la espera de conocer formalmente el contenido íntegro de la sentencia y sus fundamentos. En ese contexto, ANFACH estima que no corresponde pronunciarse sobre el mérito de una decisión judicial mientras no se conozcan oficialmente sus fundamentos, siendo procedente ejercer los recursos legales que correspondan dentro del debido proceso. Mientras no exista una resolución ejecutoriada, el Directorio Nacional continúa ejerciendo plenamente sus funciones conforme a los estatutos de la organización y a la legislación vigente”.

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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

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