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Pedido mortal: el peritaje psiquiátrico a cliente que mató a repartidor en Ñuñoa

Josefina Ossandón

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

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Josefina Ossandón

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

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Josefina Ossandón

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Jueves 25 septiembre de 2025 | 06:00
Investigación

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Archivo| Agencia Uno

Ética y transparencia de BioBioChile

El asesinato de Herbert Sánchez Cuba, repartidor de comida, sigue generando controversia. La defensa de Tomás Aguirre, acusado del homicidio, presentó informes psiquiátricos que argumentaban que no se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales. Sin embargo, un informe del Hospital Psiquiátrico Horvitz concluyó lo contrario, asegurando que Aguirre es capaz de distinguir entre lo lícito y lo ilícito. El juicio oral comenzará el 3 de octubre

El 29 de diciembre de 2022, un joven de 19 años, de nacionalidad venezolana y repartidor de comida, fue asesinado por el cliente al que entregaba un pedido en Ñuñoa. El agresor, Tomás Aguirre —de 29 años en ese momento—, fue detenido y enviado a prisión preventiva.

Días después, la madre de Herbert Sánchez Cuba (víctima) presentó una querella ante el 8° Juzgado de Garantía de Santiago por el delito de homicidio calificado. En junio de ese año, Aguirre fue formalizado.

Rápidamente la defensa de Aguirre presentó informes psiquiátricos particulares del imputado, donde se manifestaba que el agresor no se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales. Pero en julio de 2024, un informe realizado por el Hospital Público Psiquiátrico Horvitz dijo lo contrario. Y un año después, el 5 de agosto, se fijó fecha para el inicio del juicio oral, el que será el 3 de octubre.

Radio Bío Bío tuvo acceso al informe y conversó con las defensas del caso.

Informe

Un documento de 19 páginas, realizado el 17 de junio de 2024 y emitido un mes después, señala que Aguirre tiene un historial psiquiátrico significativo.

Se explica la metodología utilizada y todos los datos del analizado. Desde la clínica donde nació hasta el historial familiar de enfermedades. Se menciona un trastorno de personalidad, un alto consumo de sustancias psicoactivas y se detallan otras patologías, de las que no entraremos en detalle.

Aclaran que “los diagnósticos antes mencionados no corresponden a la categoría de enajenación mental”. Por lo que el “sr Aguirre Martínez es capaz de diferenciar una conducta lícita de una ilícita como también autodeterminar su conducta conforme a derecho. Por lo tanto, su responsabilidad en los hechos en investigación no se encuentra comprometida”.

El abogado querellante, Víctor Mallea Sepúlveda, del estudio Mallea & Asociados Estudio Jurídico, dijo a La Radio que “esta causa penal se encontraba suspendida a raíz de un informe pericial particular acompañado por la defensa, donde se planteaba la hipótesis de que el imputado sufriría enfermedades mentales que habrían tenido incidencia en su actuar”.

Y agregó: “Tras lo anterior, es que este querellante solicitó al juez de garantía la realización de un nuevo informe a través de una institución pública que en este caso fue el hospital psiquiátrico Horwitz Barak, entidad que tras evaluar al imputado evacúa un nuevo informe donde se establece que no existen elementos que afecten al imputado y que hayan tenido alguna incidencia al momento del acometimiento”.

Consumo de drogas

Por su parte, el abogado Lino Disi, defensor de Aguirre, envió una declaración a la Radio. En la que manifestó que al inicio de la causa, “el interés mediático que recibió se podía entender a partir de lo irracional, incomprensible y desmedido de la conducta cometida por Tomás. Ahora, parte importante de ese mismo interés vino de un análisis infundado, apresurado e irresponsable, que intentó vincular este hecho con una supuesta motivación xenofóbica. Esto fue completa y absolutamente desestimado por la investigación y, tanto es así, que no está contenido en la acusación”.

Explicó que “lo ocurrido constituye, sin duda, una tragedia para todos los involucrados y, muy especialmente, para la víctima y su familia. Ahora bien, como demostraremos en el juicio, para un análisis correcto y apegado a la verdad, este hecho debe comprenderse desde las circunstancias anormales y extremas vinculadas al consumo de drogas, que llevaron a que en ese momento Tomás actuara de forma brutalmente irracional”.

Sobre el informe del Hospital Horwitz señala que saben que “sostiene una tesis distinta”. Pero que “insistiremos en que la forma correcta de entender lo ocurrido es a través de esas circunstancias límites vinculadas al consumo compulsivo, porque solo así se explica la irracionalidad del hecho y se sitúa la discusión en los términos que corresponden conforme a derecho. Y en este contexto, dicho informe carece de la profundidad necesaria y no indaga en los aspectos fundamentales del caso”.

Finalizó indicando que “independientemente de estas discusiones jurídicas, lo cierto es que Tomás lleva privado de libertad casi tres años; nunca hemos revisado su prisión preventiva y él está consciente del dolor que ha causado con su conducta. Ha intentado reparar el daño poniendo prácticamente la totalidad de su patrimonio a disposición de la familia de la víctima y hoy convive con plena conciencia y dolor por lo ocurrido y sus consecuencias”.

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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

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