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Abogados querellados por apropiación de $140 millones en procedimiento concursal del Mall del Mueble

Formalizan a abogado por apropiación indebida: cliente denuncia pérdida de $140 millones

Jueves 28 agosto de 2025 | 06:00
Investigación

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La Inmobiliaria General Velásquez está acusando al abogado Francisco Bartucevic de apropiarse de $140 millones en medio de un reparto concursal, que derivó a una querella en su contra. La acción judicial no solo apunta al profesional, sino también al síndico Tomás Lacámara, a quien acusan de prevaricación por haber entregado un cheque al portador que permitió desviar los fondos de la empresa. Desde la defensa negaron la acusación, alegando que todo radica en una discusión entre ex socios por los honorarios a cobrar, y apuntaron a los querellantes de negarse a recibir el dinero pactado.

El inicio de la historia se remonta a los años 2015 y 2017, cuando el abogado Francisco Sepúlveda Donato, gerente general de Inmobiliaria General Velásquez S.A., compartió oficina con el querellado Francisco Bartucevic Sánchez. La modalidad era conocida como “comunidad de techo”: trabajaban bajo un mismo espacio físico, compartiendo gastos y contactos, pero sin que existiera una sociedad profesional formalmente constituida.

Esa convivencia habría generado una relación de confianza. No solo se trataba de arrendar una oficina en común, sino de establecer una dinámica de colaboración profesional. En más de una ocasión, ambos asumieron causas en conjunto, representando o asesorando a clientes en materias judiciales, se lee en la querella que ahora indaga la fiscalía. La práctica era habitual y, a ojos de Sepúlveda, significaba poder apoyarse en la especialidad de su colega.

Esa confianza habría derivado en que Bartucevic asumiera casos relevantes para los negocios de Sepúlveda. “Dentro de mis actividades profesionales, compartí oficina con el querellado Bartucevic, con quien incluso asumimos asesorías conjuntas. En ese contexto le encargué la representación judicial de mi sociedad en un procedimiento concursal”, se lee en la querella.

Entre estos casos se encontraba la representación de Inmobiliaria General Velásquez en un procedimiento concursal derivado de las deudas de Gimnasios Pacific Fitness, firma vinculada a la operación del Mall del Mueble en Cerrillos. El espacio del centro comercial había sido arrendado por la sociedad Rentas Urbanas S.A., quien por su parte subarrendó al gimnasio, incumpliendo este sus pagos y provocando una cadena de litigios civiles y penales.

El inicio del proceso concursal

En mayo de 2017, Inmobiliaria General Velásquez interpuso una demanda de liquidación forzosa contra Gimnasios Pacific Fitness. El caso quedó a cargo del 23° Juzgado Civil de Santiago. El objetivo era recuperar las rentas adeudadas, que habían sido embargadas tras el incumplimiento de Rentas Urbanas, es decir, un juicio ejecutivo.

El abogado Bartucevic fue designado como representante legal de la inmobiliaria. Sin embargo, el poder que se le entregó habría sido limitado: no incluía las facultades especiales que contempla el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, entre ellas la de percibir dineros. Es decir, podía litigar, pero no estaba autorizado para recibir pagos en nombre de la empresa.

En ese mismo escrito, Bartucevic propuso como liquidador a un conocido Tomás Lacámara de Camino, lo que luego se transformaría en un punto clave en esta trama, según se lee en la querella. El 21 de agosto de 2017, Lacámara fue nombrado liquidador titular y asumió formalmente el cargo, iniciando con ello la fase de liquidación de activos y preparación de repartos para los acreedores.

La designación no era casual. La querella afirma que Bartucevic y Lacámara tenían una estrecha relación profesional, que incluso se repitió en otros procesos concursales posteriores, lo que refuerza la tesis de que existía un patrón de colaboración que iba más allá de la mera coincidencia.

El reparto millonario

Tras cuatro años de tramitación, el proceso avanzó hacia el reparto de fondos. El 9 de diciembre de 2021, el liquidador Tomás Lacámara propuso que Inmobiliaria General Velásquez recibiera $140.219.228, equivalente al 100% de su crédito verificado en el concurso. Aparentemente, era un triunfo para la acreedora, que vería saldada su acreencia de manera íntegra.

Pero el 27 de diciembre de 2021, la historia cambió. Ese día, Lacámara extendió un cheque “al portador” y lo entregó directamente a Bartucevic, pese a que este carecía de facultades legales para percibir, según se lee en el escrito. El cheque, en la práctica, equivalía a dinero en efectivo, pues podía ser cobrado o depositado por cualquier persona que lo tuviera en sus manos.

La querella detalla que Bartucevic depositó los fondos en la cuenta corriente de la sociedad Bartucevic y Cía. SPA, traspasándolos a un tercero y apropiándose de ellos de forma indebida. A juicio de la víctima, esa sola acción constituye un delito de apropiación indebida, porque el abogado tenía la obligación de restituir los fondos a su mandante.

“El Liquidador hizo pago directo al señor Bartucevic, careciendo este de facultades para percibir. El cheque fue girado al portador y terminó depositado en la sociedad Bartucevic y Cía. SPA”, sostiene el escrito.

De la confianza a la acusación de apropiación

La confianza profesional que había existido entre Sepúlveda y Bartucevic se rompió con el episodio del cheque. La inmobiliaria nunca recibió el dinero. Pero el conflicto escaló cuando Bartucevic, lejos de restituir los fondos, los habría condicionado a un arreglo económico.

En enero de 2022, Sepúlveda solicitó formalmente la devolución. La respuesta de Bartucevic fue sorprendente: habría planteado que solo entregaría el dinero si antes se pagaban una serie de deudas personales vinculadas a colaboradores de su estudio. Entre ellas, $2 millones supuestamente adeudados a la abogada Daniela Gómez Drago, $500 mil por un recurso de amparo y más de $6,6 millones ligados al hermano de la misma profesional.

La inmobiliaria rechazó esas condiciones, subrayando que se trataba de deudas sin relación alguna con el proceso concursal ni con la empresa acreedora. En la práctica, el abogado habría mezclado sus intereses personales con los de su cliente, configurando lo que la querella describe como un caso de prevaricación de abogado.

“Antepuso intereses privados y personales a los de su cliente, pretendiendo condicionar la restitución de los fondos apropiados a deudas inexistentes o ajenas a la inmobiliaria”, acusa el texto.

El liquidador bajo la lupa

El rol de Tomás Lacámara tampoco queda exento de cuestionamientos. La querella lo acusa de haber proporcionado ventajas indebidas a Bartucevic. Al girar un cheque al portador y entregárselo a quien no tenía poder para percibir, habría incumplido su deber básico de imparcialidad.

La conducta, sostienen los querellantes, no fue un error administrativo, sino una decisión consciente que benefició directamente a Bartucevic en desmedro de la verdadera acreedora. “El liquidador proporcionó un trato preferente e ilegal, entregando un medio de pago equivalente a efectivo a un tercero que no era acreedor”, señala la acción judicial.

La querella también recuerda que Lacámara había sido previamente cuestionado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que lo habría excluido de la nómina de liquidadores en otra causa, por gastos sin respaldo y omisión de acciones judiciales.

Para los demandantes, esa reiteración revela una relación estructural entre ambos abogados, en que uno proponía y el otro era favorecido con nombramientos clave. El caso de Gimnasios Pacific habría sido solo el más emblemático de una serie de operaciones similares.

Relatos cruzados

Contactado por la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, desde la defensa – liderada por el abogado Pelayo Vial– niegan la existencia de delito alguno y cuentan una historia distinta.

De acuerdo a su relato, Bartucevic había logrado exitosamente desalojar el gimnasio y recuperar la plata. La buena noticia la habría contado en un correo enviado el 3 de enero de 2022 –tan solo un par de días después de recibir el cheque– pidiendo los datos para realizar la transferencia y comentando que al monto total le restaría el 30% por sus honorarios, que habrían sido pactados con anterioridad.

La respuesta no fue satisfactoria, y en ese momento comenzó la discusión respecto al monto a transferir entre quienes ahora eran ex socios, que derivó a la apertura de la causa penal. De acuerdo a la defensa, Sepúlveda se negó a recibir la transferencia, a pesar de la insistencia de Bartucevic.

Posterior a esto, en 2024, Bartucevic consignó los dineros en los tribunales civiles, trámite en que se deposita la cantidad de dinero endeudado en una cuenta judicial para librarse de la obligación cuando un acreedor no quiere o puede recibir el pago.

De acuerdo a Cristian Arias, abogado querellante, Bartucevic mantuvo los dineros “por más de dos años en su poder, en contra de la instrucción de su cliente que le pidió su restitución mediante vale vista nominativo a nombre de la inmobiliaria”.

“Recién a mediados del año 2024 el abogado Bartucevic consignó tan sólo 98 millones, lo que podría ser considerado eventualmente como una reparación del delito, pero esto fue una vez que la apropiación ya se había consumado, y aún falta dinero por restituir. Y esto es tan así que el Ministerio Público decidió formalizarlo en agosto de 2025”, agregó.

Efectivamente, en la causa instalada en el 7º Juzgado de Garantía de Santiago, el pasado 11 de agosto se formalizó a Bartucevic por el delito de apropiación indebida. En la ocasión, la defensa solicitó el sobreseimiento definitivo por estimar que los hechos no son constitutivos de delito, sin embargo el tribunal lo rechazó.

En su lugar, el tribunal ofreció la suspensión condicional del procedimiento, un proceso en que se suspende la causa por cierta cantidad de años en las que el imputado debe cumplir ciertas condiciones, y si las cumple, la acción penal se extingue. Sin embargo, la defensa se negó a aceptar esta opción, insistiendo en el sobreseimiento en una audiencia futura. En su lugar se estableció una audiencia de acuerdo reparatorio y medidas cautelares para el día 21 de octubre.

“Es decisión de la defensa si prefiere aceptar una suspensión condicional en lugar de defenderse de la imputación que le está haciendo el Ministerio Público y este querellante”, apuntó Arias.

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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

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