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Corte Suprema confirma culpabilidad de Frontel: la lucha de un hombre por recuperar su casa quemada

Corte Suprema confirma culpabilidad de Frontel: la lucha de un hombre por recuperar su casa quemada

Josefina Ossandón

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

Sábado 08 marzo de 2025 | 06:00

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Archivo| Agencia UNO

Casi cuatro años de juicio duró la batalla de un hombre que perdió su hogar debido a un incendio provocado por una rama de un pino que cayó sobre un cable eléctrico. ¿La razón? No se mantuvo limpia la línea eléctrica. Por ello, la empresa distribuidora eléctrica Frontal S.A. debió pagar $90.000.000 por los daños causados. Radio Bío Bío tuvo acceso a detalles del caso y conversó con las partes; desde la empresa aún señalan que “el árbol que provocó el incendio se encontraba fuera de la franja de seguridad de la línea eléctrica, por lo que su dueño debió adoptar medidas de control de vegetación, tal como establecen la ley eléctrica y las normativas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)”.

Mucho humo, sus vecinos a lo lejos y fuego. Eso es lo que recuerda Francisco (quien solicitó resguardar su identidad) del incendio del 23 de marzo de 2020 que consumió su sueño y su hogar.

El fuego se inició a las 14:49, a 8 kilómetros al noroeste de Buchoco, comuna de Contulmo, y terminó con 28,3 hectáreas quemadas. ¿El origen? La caída de un pino sobre el cable eléctrico del sector denominado Punta de Toro, lo que provocó que el pastizal comenzara a arder. En pocos minutos, el predio de Francisco estaba en llamas.

No logró salvar nada. Perdió todos sus bienes: su ropa, electrodomésticos, etc. Lo único que lo alivia es que su perro sobrevivió. Ese día, Francisco se encontraba trabajando de manera remota en su casa y recuerda haber visto el humo por la ventana, pero pensó que estaban quemando hojas o basura, algo común en la zona.

Por eso, siguió con su rutina habitual con tranquilidad. Pero a los pocos minutos, vio más humo, sintió el calor cerca de su hogar y observó a sus vecinos corriendo. Ya era tarde. Su casa se encontraba en una loma, lo que le permitió observar el escenario completo y darse cuenta rápidamente de que no había nada que hacer.

Subió y bajó un par de veces, incapaz de quedarse quieto. En ese momento, llegó la Corporación Nacional Forestal (CONAF), que lamentablemente comunicó que no había forma de detener el fuego. Solo pudo mirar cómo su esfuerzo de años se convertía en cenizas.

El hogar

Fueron dos años los que Francisco demoró en construir su propiedad. Fue ayudado por su familia y amigos. Viajaba los fines de semana para avanzar en los detalles, y para cumplir lo antes posible su sueño. Quería que fuera un lugar de reunión donde todos sus cercanos pudieran disfrutar.

Pero se convirtió en todo lo contrario. Después de ver su casa destruida, no tuvo otra opción que llamar a sus tíos que viven en la región para dormir con ellos. Sin saber como reiniciar su vida, ahí se quedó dos semanas.

El impacto fue tanto, que le dolía todo el cuerpo. Lo más impactante para él fue como cambiaron todos sus planes de vida. Pasó de lograr el sueño de construir su casa propia a la orilla de un lago a volver a Santiago.

De tener su independencia, a vivir de allegado en la casa de sus familiares. Es un tema, que luego de casi cuatro años, aún le cuesta hablar y transmitir.

Sobre todo porque para él era un evento que se podría haber evitado. Ya que muchos de los vecinos del sector se acercaron previamente a Frontel S.A, empresa distribuidora de energía eléctrica que desarrolla sus operaciones en la zona sur del país, para solicitarles que cortaran la rama del pino y que mantuviera la línea limpia.

La investigación

11 meses sin tener noticias de la empresa, sin recibir ningún llamado para ofrecer ayuda por parte de Frontel. Por esto, el 18 de marzo de 2021, Francisco ingresó -asesorado por el equipo Infante, Valenzuela, Molina Abogados- una querella.

Y se dio inicio a una larga espera, un largo juicio que culminó en enero de este año. El escrito fue presentado en el Juzgado de Letras de Cañete, el cuál falló a favor de Francisco. Pero la empresa decidió seguir adelante, recurrió a la Corte de Apelaciones de Concepción y terminó en la Corte Suprema. Y en cada uno de los tribunales, se señaló a la distribuidora como la culpable de lo ocurrido.

En la investigación se determinó que el inicio del fuego tiene como causa probable el contacto directo entre el cable eléctrico y la vegetación, en este caso pastizales y matorrales. Y específicamente que en el sector donde se inició el incendio se encuentran instalaciones de la empresa distribuidora antes mencionada, y que sobre estas cayó un pino.

Asimismo, en la primera sentencia del Juzgado de Cañete, en la página 64 se indica claramente que “en las inmediaciones de dicho tendido eléctrico de distribución no existían buen estado de conservación u con el debido despeje de vegetación muerta o especies arbóreas, especialmente, en lo correspondiente a la denominada faja de seguridad, que, conforme a la normativa vigente a esa época, comprendía 5 metros hacia cada lado de dicho cableado”.

Y en el mismo escrito se señala que la empresa en su contestación asevera que “ha dado cumplimiento a todas sus obligaciones y que su labor se ve entorpecida por la conducta de los propietarios de la zona, además de afirmar, las dificultades ocasionadas por la peligrosidad de la zona”.

A lo que la magistratura responde que aunque el lugar sea más complejo eso “no se traduce en una exención de responsabilidad, sino por el contrario, en un mejor y más acucioso manejo en el servicio de distribución de electricidad, pues a mayores riesgos, mayores exigencias de cuidado”.

Por lo que el juzgado finalmente señala que “en cuanto al quantum de los daños, el emergente se determinará sobre la base de los antecedentes mencionados en el anterior fundamento, y de acuerdo a la instrumental, lo que arroja el presupuesto de reposición de la vivienda, y el hecho que tales montos deben regularse de acuerdo al conocido y potente incremento del costo de la vida que se ha verificado en desde el año 2020, de ocurrencia del siniestro, a la fecha, se procederá a regular estos daños en la suma de $75.000.000.- representativa de la vivienda siniestrada con un valor actualizado aproximado y los enseres domésticos, según se dirá en lo resolutivo”.

Y por daño moral, una suma de $15.000.000. Por lo que en total Frontel debía pagar una suma total de 90 millones de pesos.

Largos años

A pesar de la sentencia, la empresa decidió recurrir a otras instancias legales para no pagar lo antes mencionado. Pasó por la Corte de Apelaciones de Concepción y por la Corte Suprema, pero no logró ningún cambio.

Tal como se señala en el escrito final del tribunal supremo, del 25 de enero de 2025, donde se indica: “Lo razonado lleva a concluir que el recurso de casación en el fondo no puede prosperar por adolecer de manifiesta falta de fundamento. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Juan Antonio Baeza Navarrete, en representación de la demandada (Frontel S.A), en contra de la sentencia de siete de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción”.

El abogado Felipe Nazar, representante de Francisco y parte del equipo Infante, Valenzuela, Molina Abogados., conversó con la Radio del caso y señaló que: “Después de cerca de cuatro años de tramitación judicial, en los cuales Frontel impugnó infructuosamente tanto en la Corte de Apelaciones de Concepción como en la Corte Suprema la sentencia que lo condenaba, quedó firme y ejecutoriada la decisión judicial de indemnizar los perjuicios sufridos por Francisco”.

Además agregó que durante toda la tramitación “la parte demandante requirió la realización de pericias especializadas, tanto para la determinación del daño patrimonial como el daño moral, de los cuales se valió la sentencia para fijar el monto de los daños. Asimismo, se rindió prueba de testigos, todos contestes, que resultaron claves para la decisión final, tal como se desprende de la lectura de la sentencia del Tribunal de Cañete”.

Explica también que Frontel “impugnó en las diferentes instancias las decisiones adoptadas tanto por el Juzgado de Cañete como por las Cortes, siendo todos sus recursos rechazados, lo cual, no obstante provocó una demora en el pago, por los tiempos de tramitación de este tipo de recursos, finalmente el afectado pudo obtener el pago de los perjuicios decretados y de las costas de la causa el día 5 de marzo de 2025”.

Respuesta de Frontel

Pasado más de un mes de la última sentencia, el martes 5 de marzo, Francisco recibió el dinero por parte de Frontel S.A. Radio Bío Bío se acercó a la empresa para conocer su versión de los hechos y su opinión respecto al caso.

Desde la distribuidora eléctrica indicaron que: “Lamentamos los daños sufridos por el dueño del predio y su familia. Estamos trabajando en dar cumplimiento a las resoluciones determinadas por el tribunal”.

No obstante, “es importante aclarar las responsabilidades de cada actor en el control de la vegetación cercana a las lı́neas eléctricas”. Explicaron que “a menudo se cree, de manera incorrecta, que las empresas eléctricas deben controlar toda la vegetación próxima al tendido. Esto, además de no tener fundamento legal, serı́a imposible, debido a la extensión y particularidades del territorio en que brindan el servicio de distribución y transporte de energía, especialmente en el sur de Chile”.

Agregaron que la ley eléctrica y sus reglamentos “recogen esta realidad y establecen que los propietarios, ocupantes, poseedores o administradores de predios en que se encuentren emplazadas instalaciones eléctricas, deben abstenerse de plantar y dejar crecer vegetación que pueda afectar el servicio eléctrico.

Sobre el modo de trabajar de las empresas eléctricas, señalaron que “pueden incluir dentro de sus planes anuales de mantenimiento la corta o poda de especies que, encontrándose dentro de la franja de seguridad de la lı́nea eléctrica, puedan afectar la calidad y continuidad del suministro, pero siempre como una medida correctiva ante una infracción de los responsables de los predios”.

Específicamente sobre el caso dieron cuenta que: “En este caso, el árbol que provocó el incendio se encontraba fuera de la franja de seguridad de la lı́nea eléctrica, por lo que su dueño es quien debió adoptar medidas de control de vegetación, tal como establecen la ley eléctrica y las normativas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)”.

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