Captura TVN y Canal 13 | Edición BBCL (Cony Escobar)
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Por más de una hora y media se extendió la audiencia en la que se concedió la libertad a miembros del Tren de Aragua en Los Vilos. En los registros de la instancia —que hoy revela BBCL Investiga— queda de manifiesto la nula preparación del Ministerio Público ante el embate de las defensas de los inculpados. La performance del persecutor terminó por colmar la paciencia de la jueza, quien mandó directamente al fiscal a leerse el Código Penal: "¿Sabe lo que dice el 142 bis? Fiscal, lea el artículo, léalo. Léalo por último, porque lo que usted está haciendo en este momento no corresponde, no procede", se escucha decir a la magistrado.
—Oiga, esto me parece pero impresentable… ¡Impresentable! Porque estamos hablando de una de las causas más emblemáticas que tiene la Fiscalía Local de Los Vilos y usted me está haciendo alegaciones de este tipo.
Con esas palabras, la jueza del Juzgado de Garantía de Los Vilos, Daniella Pinto Cortés, barrió con el abogado asistente del Ministerio Público, Luis Soto Pérez, jurista que actúo en calidad de fiscal durante la audiencia donde se decretó la libertad de cinco presos vinculados al Tren de Aragua.
Audios a los que accedió BBCL Investiga y Diario El Díarevelan los reiterados llamados de atención de la magistrada, quien puso de manifiesto la evidente falta de preparación de quien representó los intereses del ente persecutor.
Si bien los primeros dardos apuntaron contra la jueza Pinto, lo cierto es que los registros demuestran que fue el propio abogado asistente de la fiscalía quien pavimentó el camino para la libertad de los imputados por secuestro agravado.
En varios pasajes de la audiencia, Soto se mostró falto de argumentos para contrarrestar las alegaciones de las defensas. Incluso, ante los cuestionamientos de la jueza, guardó silencio por varios segundos y reconoció que no pudo hacer su presentación “como correspondía”.
Cuatro de los acusados aún siguen prófugos.
“Sea más preciso”
Los audios corresponden a la audiencia llevada a cabo el lunes 3 de junio recién pasado, instancia que se extendió por 1 hora y 37 minutos.
En la oportunidad, las defensas de los imputados Ender A.R.M., Luis E.R., Pablo J.L.F., Jordan J.S.R. y Franyoferid J.T.T., pusieron sobre la mesa distintas pruebas para solicitar la revocación de la prisión preventiva de sus representados. En sus intervenciones, los abogados plantearon que no existía información suficiente en la carpeta investigativa que permitiera sostener dicha cautelar.
Hasta ahí, una audiencia más de la judicatura chilena.
Sin embargo, cuando tocó el turno de Soto Pérez —quien percibe una remuneración de más de 2,5 millones mensuales y lleva cinco meses al interior de la institución, asumiendo el 8 de enero de 2024 tras ganar un concurso público— la historia comenzó a complicarse para las pretensiones del organismo persecutor: no pudo rebatir ninguno de los argumentos esgrimidos por las defensas y se limitó a decir que no existía ningún antecedente nuevo para conseguir alguna modificación.
Fue entonces cuando la jueza —quien conocía al dedillo el caso— le pidió ser más específico:
—Pero es que que tiene que ser más preciso, fiscal. Si las defensas están haciendo alegaciones precisas usted me tiene que responder de forma precisa. Yo conozco los antecedentes, pero no me puede decir “todo se mantiene, esto está tal cual”. Tiene que hacerme alegaciones más precisas si la defensa está controvirtiendo cosas específicas.
Así, ante la falta de conocimiento demostrada por el fiscal, la magistrada endureció el tono. Comenzó, derechamente, a solicitarle detalles que pudieran permitir mantener la prisión preventiva de los inculpados. Soto mantuvo las generalidades. Ocurrió, por ejemplo, cuando se pronunció sobre el dron de uno de los imputados que aparentemente habría sido utilizado por la banda venezolana en tareas de vigilancia. La defensa del imputado alegó que no había información que acreditara aquello.
—Creo que la evidencia que puede haberse extraído del dron en poco minimizan la participación de don Ya… de don Franyoferid, su señoría, en cuanto a que el Ministerio Público, a través de la las pericias realizadas y de la investigación realizada, lo sitúa como parte de la organización criminal, su señoría.
Sus palabras desataron la molestia de la funcionaria del Poder Judicial:
—¿Y yo tengo que confiar en eso? Es que no me da ningún antecedente concreto, fiscal. Usted tiene que venir con un estudio acabado de la causa y decirme cuáles son los antecedentes concretos en lo que usted puede fundar esta participación y por qué a la fecha se mantiene. Porque las defensas están haciendo alegaciones precisas y específicas. Y usted no me puede hacer alegaciones tan generales para yo poder resolver. ¿Cómo me pronuncio? ¿Le creo a usted solamente? Digo: “Ah no, es que el fiscal me dijo que estaba todo perfecto, entonces yo rechazo porque según él tiene todo lo que justifica la participación”. No puedo hacer una resolución de ese tipo. (…) Entonces usted precise esos puntos que la defensa está cuestionando.
“¿Lo sabe o no lo sabe?”
Tras la intervención de la jueza, Soto quedó en un silencio que se prolongó por 30 segundos.
—¿Lo sabe o no lo sabe? —irrumpió la jueza
—No, su señoría. Lo desconozco.
—Fiscal… Ya. Como primera cuestión yo voy a oficiar al fiscal de Los Vilos para hacerle presente que el fiscal que se encuentra en dependencias del Tribunal, a propósito de la revisión de medida cautelar, no conoce cabalmente los antecedentes que motivaron las incidencias planteadas por las defensas, lo que dice relación con la falta de participación de sus representados. (…) Respecto de lo que planteó don Cristian Geisse (defensor), ¿quiere señalar algo más?
—No, su señoría. Lo mismo que considero que la, la, la, el informe que él recibió, su señoría, no es para mutar porque él no, no, no no, ehm… no controvirtió la naturaleza de los delitos, su señoría.
—Sí controvirtió la participación de don Luis en el ilícito…
—Ehhhhh… Nosotros creemos, su señoría, que…
—Son suficientes y no alteran. ¿Algo más? —retrucó tajante la jueza Pinto.
—Nada más, su señoría.
Abatido
Ante la notoria falta de preparación del abogado asistente, la jueza decidió dejar plasmada su molestia:
—Oiga, esto me parece pero impresentable. ¡Impresentable! Porque estamos hablando de una de las causas más emblemáticas que tiene la Fiscalía Local de Los Vilos. Y usted me está haciendo alegaciones de este tipo. Y yo lo estoy señalando al audio para que quede constancia…
—Sí, su señoría, lo entiendo —contestó un abatido Luis Soto.
El diálogo continuó intercalando preguntas y respuestas de la jueza y el persecutor respecto del resto de los imputados. Ello dio pie a una discusión respecto de las agravantes para casos de secuestros.
—Usted tiene que hacerse cargo de cuestiones de derecho, como la aplicación del artículo 142 bis, el ánimo de lucro que es un elemento del tipo penal. No puede decirme: “Yo digo que todo lo de la defensa es insuficiente, creo que todos se mantiene igual, por tanto mantenga”. Porque eso significa que yo para resolver tengo que confiar ciegamente en usted y eso no puede ser, porque yo soy imparcial.
—Sí, su señoría, es que en ese sentido nosotros creemos que el relato que él hace es relatar estos mismos antecedentes (…) Eh… nosotros creemos que si es efectivamente existió un secuestro.
—¿Sabe lo que dice el 142 bis? Fiscal lea el artículo, léalo. Léalo por último, porque lo que usted está haciendo en este momento no corresponde, no procede.
La fianza
Luego de que el fiscal no entregara ningún antecedente que permitiera mantener la prisión preventiva de los imputados, la magistrada no tuvo más opción que abrirse a la posibilidad de dejar a los integrantes de la banda con arresto domiciliario.
Las defensas pidieron una fianza de entre 500 mil y un millón de pesos. Frente a ello, la jueza solicitó la opinión de Soto, quien solo atinó a elevar la caución a $5 millones y a justificar su paupérrima presentación. Dijo haber accedido a la carpeta investigativa ese mismo día “por una situación administrativa”, por lo que no pudo hacer las alegaciones “como correspondía”.
Y peor aún, no apeló de manera inmediata a la libertad de los imputados, lo que hubiese impedido que los inculpados abandonara las cárceles donde se encontraban recluidos a la espera de lo que hubiese determinado la Corte de La Serena. Sin ir más lejos, el tribunal de alzada revocó este miércoles la resolución de la jueza Pinto y ordenó la recaptura de los cuatro implicados que pagaron la caución. Esto, luego de que después de la audiencia, y al percatarse del grave error, interpusiera la Fiscalía Local de Los Vilos al día siguiente un recurso contra la medida.
Con todo, este jueves el Ministerio Público anunció la apertura de un sumario administrativo. Así lo ratificó este jueves, de hecho, el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper Monti.
¿El objetivo? Según detalló Cooper, la indagatoria administrativa busca “establecer el nivel de cumplimiento de las directrices enviadas con anterioridad para la debida preparación de las audiencias por parte fiscales o abogados asistentes”.
Junto con destacara la detención de uno de los implicados, la máxima autoridad regional del Ministerio Público en Coquimbo remarcó que están “enfocados en poner los mejores esfuerzos en la persecución penal de estos delitos que tanta conmoción pública causan”.
Por disposición de la justicia, y debido a “la presunción de inocencia que detentan los imputados por la calidad de tal”, este medio se vio impedido de difundir los nombres y/o datos personales de los implicados en los secuestros.