Empresa es condenada a reparar daño causado a El Asiento tras fallo de Tribunal Ambiental

Créditos: ARCHIVO | Carolina Reyes – Google
Por Luciano Veloso
La información es de Gonzalo Olguín

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Miércoles 03 marzo de 2021 | Publicado a las 21:12

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El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago acogió la demanda por reparación de daño ambiental presentada por la Municipalidad de San Felipe, en contra de la empresa minera “Jorge González Ite” y de “Wilson González Ite”, condenándolos a reparar el daño causado al medioambiente en el sector denominado El Asiento, en la comuna pre-cordillerana.

La causa surgió de la presentación de una demanda en julio del año 2017 en contra de la empresa. Cerca de 3 años y medio después, el tribunal concluyó que realizaron labores de extracción de casi 19 mil metros cúbicos de enrocado y roca granítica, con construcción de caminos y corta de especies nativas, sin contar con un plan de manejo aprobado por Conaf, afectando con esto el suelo, la quebrada, la flora y la fauna en una superficie de 2,7 hectáreas.

El Tribunal Ambiental advirtió que el lugar donde se realizaron los trabajos ya correspondía a una zona con formaciones vegetales que ya tenían problemas de conservación debido al cambio climático y que además se encuentra cerca del Santuario de la Naturaleza Serranía el Ciprés.

El ministro del tribunal, Alejandro Ruiz, se refirió a esta consideración como clave para que fuera decidida una sentencia en contra de la empresa.

“También se consideró que la intervención fue realizada respecto a formaciones vegetales cuya conservación ya se encuentra en riesgo debido al cambio climático, la cercanía de la ensenada, El Asiento con el Santuario de la Naturaleza Serranía El Ciprés y la posibilidad de afectación de corredores biológicos naturales, asimismo, que la intervención se realizó sobre bosque nativo de preservación”, sostuvo.

La sentencia ordena a la minera y al resto de los demandados presentar ante la Superintendencia de Medio Ambiente un plan de reparación para la ensenada El Asiento, el que debe incluir acciones y metas de restauración de todo lo dañado. Para esto, la empresa tiene un plazo de 90 días hábiles desde el momento de la sentencia.

El plan deberá detallar la zona a restaurar en todos los parámetros posibles: recuperación de suelo, quebrada, vegetación y fauna. Además, deberá contar con el pronunciamiento de Conaf, la Seremi de Medio Ambiente y el Servicio Agrícola Ganadero. Los avances de todas estas fases tendrán que ser informados anualmente.

Esta causa comenzó el 27 de julio del 2017 y la audiencia de conciliación entre las parte ocurrió en enero del 2020, para cuatro meses después presentar las pruebas y alegatos finales, que terminaron con esta sentencia.

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