El ministro en visita extraordinario para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Madrid, dictó condena de primera instancia en la investigación del homicidio del cabo del Ejército Manuel Leyton Robles, ilícito perpetrado en marzo de 1977, en la Región Metropolitana.

Madrid logró acreditar que en marzo de 1977, dos funcionarios pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) procedieron a sustraer un vehículo Renoleta perteneciente al profesor Daniel Palma Robledo –detenido desaparecido– y, posteriormente, cometieron un robo de otro vehículo de similares características propiedad del comerciante de pinturas, Marcel Jean Duhalde Garat, a quien luego de tomar el móvil en que se desplazaba por el sector centro de esta ciudad, abandonándolo en el sector de Las Vizcachas.

Posteriormente, funcionarios de Carabineros de Chile de la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT), realizaron un allanamiento al domicilio particular del cabo de Ejército Manuel Leyton Robles, quien prestaba en esa fecha servicios a la DINA en La Florida, lugar en el que también se encontraban los dos vehículos sustraídos, procediendo a detener al militar antes nombrado y posteriormente a otro funcionario de DINA.

Los detenidos fueron trasladados al cuartel de la SIAT en Ñuñoa, lugar donde fueron interrogados, donde Leyton indicó diversas actuaciones realizadas por el equipo de DINA al que pertenecía y que se encontraba bajo el mando del capitán de Ejército Germán Barriga Muñoz, donde se ordenó la liberación de ellos.

Debido a lo anterior, el director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, ordenó a funcionarios de su dependencia que concurrieran a ese cuartel policial y procedieran a hacer las gestiones pertinentes para obtener la liberación de los detenidos pertenecientes a la organización bajo su mando.

Con los detenidos en libertad, el cabo Manuel Leyton Robles fue trasladado al cuartel de la calle Simón Bolívar a cargo del Mayor de Ejército Juan Morales Salgado y, posteriormente, llevado a la “Clínica London”, lugar donde permaneció privado de su libertad, vigilado permanentemente e interrogado acerca de las declaraciones que prestó mientras se encontraba detenido.

Con el paso de los días, Leyton sufrió un paro cardiorrespiratorio, siendo trasladado y atendido en la clínica anteriormente señalada, falleciendo el 29 de marzo de 1977. En la autopsia se determinó que la víctima ingirió una sustancia tóxica llamada gas sarín.

Resolución

En la resolución, el ministro de fuero condenó a los ex miembros de DINA Vianel Valdivieso Cervantes, Juan Morales Salgado y Ricardo Lawrence Mires a penas de 15 años de presidio como autores del delito de homicidio, además de 3 años y un día por su responsabilidad como autores en el delito de secuestro, más 541 días por el delito de asociación ilícita.

En tanto, el agente Hernán Sovino Maturana fue condenado a 10 años y un día, en calidad de cómplice en el delito de homicidio; 3 años y un día, como autor en el delito de secuestro, y 541 días por asociación ilícita. En el caso del agente Vittorio Orvietto Tiplitzky, Madrid lo condenó a 5 años y un día de presidio, como autor del delito de asociación ilícita.

Asimismo, los agentes Pedro Valdivia Soto y Gladys Calderón Carreño recibieron condenas de 5 años de presidio por su responsabilidad como encubridores del delito de homicidio.

De igual modo, Hernán Taricco Durán y Carlotta Bolumburu Tabaoda fueron condenados a penas de 3 años y un día de presidio como encubridores del homicidio. A Valdivia Soto y Bolumburu Taboada se les concedió el beneficio de la libertad vigilada, y al agente Taricco Durán, el beneficio de la remisión condicional.

Además, se dictó sentencia condenatoria que ordena al Estado a pagar una indemnización total de $220.000.000 a la viuda y seis hijos de la víctima.