La mañana de este martes se concretó la formalización de una mujer de 28 años y su cuñado, en su calidad de presuntos autores del homicidio consumado de José Orlando Chiguay Quinán. Hecho que quedó al descubierto luego de que la propia imputada se autodenunciara a Carabineros.

En la audiencia, el fiscal Matías Montero señaló que de acuerdo a los datos recabados por los peritos que trabajaron en el domicilio de Caleta Andrade, en la población Portal de Osorno, las manchas de sangre que mantenía en su ropa el imputado -quien alega inocencia- habrían sido ocasionadas por el contacto físico con la víctima, tras ser agredida por la mujer. Participación consistente en la limpieza del sitio del suceso hasta la llegada de Carabineros.

La defensora penal jefe de Osorno, María Soledad Llorente, relató que si bien se formalizó al hombre como autor, el hecho de que la mujer se autodenunciara y acogiera toda la responsabilidad, permitió que la magistrada Olga Pérez no decretara la prisión preventiva del imputado, sino medidas cautelares alternativas, como el arraigo nacional y arresto domiciliario total.

Respecto de la mujer, en esta oportunidad se informó tras la declaración entregada, que la agresión se habría generado luego de que Chiguay Quinán ingresara la vivienda sin intención de propasarse con ella, contrastándose con los primeros datos ventilados en la audiencia de control de la detención.

Tras una hora de debate, se solicitó la prisión preventiva de la mujer, la cual fue aceptada por la magistrada.

Sin embargo, Llorente dijo que a pesar de que es un delito de alta connotación y de que se aplican penas de crimen, se debe resaltar la actitud de la imputada que se autodenuncia, hecho que muy pocas veces se ve en materia judicial y menos cuando son hecho como un homicidio, sumándose a que la mujer se ha mostrado en todo minuto dispuesta a colaborar.

Se debe mencionar que ambos imputados arriesgan penas que parten desde los 10 años y un día de cárcel, pesando sobre el imputado el hecho de que mantiene antecedentes penales, como una condena por robo en lugar no habitado, donde fue condenado a 5 años y 1 día.

Sin embargo, a la imputada le benefician 3 tipos de atenuantes que fueron expuestas en audiencia, correspondientes a la colaboración sustancial, la irreprochable conducta anterior y la autodenuncia. Las que de ser consideradas al minuto del juicio podrían significar la rebaja de condena de hasta 2 grados, lo que también se ve traducido a una posibilidad de pena sustitutiva en libertad.

A pesar de que el imputado fue dejado en libertad con medidas cautelares, la Fiscalía apeló verbalmente a la instancia, hecho por el cual ahora deberá resolver la Corte de Apelaciones de Valdivia si acoge o no la prisión preventiva del sujeto.