Acusando a Bolivia de intentar “soslayar el Tratado de 1904″, el agente chileno Felipe Bulnes abrió la ronda de alegatos ante la Corte Internacional de Justicia por la solicitud de excepciones preliminares presentadas por nuestro país a la demanda boliviana.

En su requerimiento a la Corte, Bolivia pide obligar a Chile negociar una salida soberana al océano Pacífico. Ante ello, el Estado chileno aduce a que esta problemática ya está resuelta con el Tratado de 1904 y, al estar vigente, lo demandado por la vecina nación no tiene cabida.

Al inicio de la sesión el presidente del tribunal, Ronny Abraham, recordó que el australiano James Crawford se inhabilitó por haber representado a Chile ante la demanda interpuesta por Perú en 2008.

En el inicio de los alegatos, el ex ministro Bulnes resaltó que el artículo VI del Pacto de Bogotá excluye de la jurisdicción de la Corte las materias contenidas en la demanda boliviana, ya que dicho país plantea un asunto resuelto por un tratado.

“Tampoco podrán aplicarse dichos procedimientos a los asuntos ya resueltos por arreglo de las partes, o por laudo arbitral, o por sentencia de un tribunal internacional, o que se hallen regidos por acuerdos o tratados en vigencia en la fecha de la celebración del presente Pacto”, señala el pacto.

“Chile es una nación dinámica, respetuosa del Estado de Derecho”, señaló Bulnes, quien subrayó que el país ha formado parte de las iniciativas de integración de Bolivia. En su intervención sostuvo que Bolivia busca soslayar el Tratado de 1904, cuyos empeños en revisar el documento datan de 1920.

Junto a ello, destacó ante los 15 jueces que componen la Corte que Bolivia intentó eludir la exclusión jurisdiccional contenida en el Pacto de Bogotá por medio de la “obligación de negociar”. “El Tratado no desaparece solamente porque un Estado decida no mencionarlo”, aseguró Bulnes ante las pocas referencias de Bolivia hacia el acuerdo de 1904 en su demanda.

La decana de la Facultad de Derecho de la universidad de Buenos Aires, Mónica Pinto, fue la primera abogada del equipo internacional de profesionales que intervino ante la CIJ.

En su alegato, subrayó que al momento de establecerse el Pacto de Bogotá en 1948, las naciones latinoamericanas buscaban un acuerdo de amplio alcance para evitar enfrentamientos armados y destacó la importancia del artículo VI de dicho documento. “Chile no habría ratificado pacto si éste no hubiera evitado que Bolivia hubiera presentado unilateralmente a la Corte sus pretensiones de acceso soberano al mar“, sostuvo.

Por ello, manifestó que Bolivia intenta modificar con esta demanda los resultados que se lograron a raíz de la firma del Tratado de 1904, lo que siempre fue considerado por el país altiplánico como un obstáculo para acceder al mar. Ello explicaría las reservas de Bolivia planteadas al artículo VI del Pacto, lo que significaba un bloqueo a las pretensiones marítimas.

El inglés Daniel Bethlehem siguió en la exposición, relatadndo los alcances del Tratado de 1904 y el carácter definitivo de éste.

“El Tratado tardó 20 años en realizarse, cerró un capítulo de enemistad entre Bolivia y Chile y miraba hacia el futuro”, afirmó el jurista, quien señaló que al momento de la firma del Pacto de Bogotá el acceso al mar por parte de Bolivia estaba absolutamente cerrado desde 1904.

Además aseguró que, tras la firma del tratado, “nada queda sin resolver ni zanjar”, ya que consolidó el acuerdo territorial celebrado entre las dos naciones y se realizó una resolución “completa y exhaustivas de las fronteras territoriales”, sin derecho para Bolivia de los territorios aledaños al litoral.

Agregó que en Bolivia “ahora pretenden negar” lo que las altas autoridades aceptaron en 1905, al aprobara los términos del tratado signado el año anterior. “Sería imposible que Bolivia obtuviese acceso con soberanía al Pacífico por territorio chileno sin modificar el acuerdo establecido en el tratado de 1904″, estimó en su intervención.

Sam Wordsworth, abogado inglés especializado en derecho público internacional y arbitraje, continuó con los argumentos de la parte chilena calificando como una “ficción legal” la obligación a negociar apuntada por el Estado boliviano.

La única manera para que Bolivia reciba acceso soberano al mar sería por conducto de revisión del acuerdo logrado en 1904“, sostuvo Wordsworth, asegurando que dicho país busca delimitar la labor de la Corte. A su juicio, la demanda “constituye la última de una serie de iniciativas para satisfacer su aspiración a desacatar el tratado”.

También recordó que el intento boliviano se enmarca a la obligación imprescriptible consagrada en su Constitución y que esta carta magna busca descomponer los asuntos zanjados. Junto a ello, sostuvo que Bolivia “mantiene una posición indefendible” que solo se sustenta en el intento de evitar la aplicación del artículo VI del Pacto de Bogotá.

Si se acepta la solicitud boliviana, Wordsworth advirtió que “esta Corte tendría que fallar sobre la revisión del tratado de 1904″, lo que quedaría fuera de su competencia y se efectuaría “en función de los deseos” de ese país.

La primera ronda fue cerrada por el francés Pierre Marie Dupuy que, entre otros aspectos, detalló el Tratado de 1904 estableció una frontera que no alcanza el litoral y “nunca ha dejado de estar en vigor entre los dos países”.

Y pese a que señala que “la integralidad de la solicitud de Bolivia se sitúa fuera del campo de competencia de la Corte“, tampoco esta instancia podría ver los eventuales comportamientos atribuidos a Chile que lo obliguen a negociar una salida soberana al Pacífico para Bolivia.

Los alegatos continuarán el miércoles a las 05:00 horas de Chile con la respuesta de Bolivia a la solicitud de excepciones preliminares.

Revisa el minuto a minuto de la exposición del equipo chileno ante la Corte Internacional de Justicia

Michel Porro | Getty Images | Agencia UNO

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