Un frustrado “golpe” dio Carabineros en medio de las diligencias para dar con los autores del millonario atraco a un camión de valores Brinks en la losa del aeropuerto de Santiago, denominado el “robo del siglo”.

La diligencia se remonta al mismo día del asalto, el pasado 12 de agosto, cuando un funcionario de Carabineros vio a sujetos ingresar a una vivienda en calle Doñihue, comuna de Quilicura, “vistiendo overoles de trabajo reflectantes y descargando bolsas de color blanco desde dos vehículos oscuros”, según consta en el informe policial N° 1891 del Departamento OS-9 de Carabineros, obtenido por La Tercera.

El domicilio correspondía a un hombre de 29 años, quien tenía una orden de detención pendiente por robar un cajero automático, sujeto que además registraba antecedentes por el robo de un automóvil de lujo.

Con estos datos, Carabineros obtuvo una orden judicial de ingreso y registro al inmueble para detener al sospechoso, autorizada por el juez del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Sergio Córdova Alarcón, operativo que finalmente se efectuó el 22 de agosto, 10 días después del “robo del siglo”.

El allanamiento terminó con dos detenidos, el sospechoso y su pareja, y la incautación de elementos claves para la investigación, como dos candados marca Odis y marca Tianfa, un napoleón marca Truper y una chaquetilla del Servicio Nacional de Aduanas.

No obstante, la mujer presentó un recurso de amparo acusando al personal policial de “destrozar” su vivienda en la búsqueda de evidencias, a lo que se suma su detención en “calidad de testigo del delito cometido por su cónyuge, lo que a su entender, constituye un caso de detención ilegítima e ilegal”.

La acción legal fue rechazada en primera instancia por la Corte de Apelaciones, por lo que se recurrió a la Corte Suprema. El máximo tribunal del país dio la razón a la demandante, aseverando en su fallo que “a pesar de que las facultades conferidas a la policía estaban limitadas a la detención (del sujeto), (…) en los hechos ha existido una actuación irregular y un exceso de celo indebido por parte del ente policial, toda vez que, como se ha dado cuenta, la autorización judicial previa dice relación con otros hechos y persona distinta de la recurrente y de su entorno familiar”.

Además, los ministros estimaron que el hecho que la mujer fuera trasladada a una unidad policial para prestar “declaración voluntaria”, sin que existiera una orden judicial ni mucho menos en el contexto de flagrancia “a todas luces torna dicho actuar no sólo en irregular, sino ilegal”, sentencia el tribunal máximo del país.

De esta forma, las evidencias obtenidas en el procedimiento también podrían ser invalidadas en un eventual juicio contra el hasta ahora único sospechoso del robo de los $6 mil millones de un camión blindado de la empresa Brink’s en la pista del aeropuerto Arturo Merino Benítez, en un asalto con tintes cinematográficos, considerado además el mayor en la historia de Chile.