La presidenta Michelle Bachelet solicitó al Congreso debatir con suma urgencia una moción parlamentaria estancada hace varios años y que busca anular la Ley de Amnistía implementada en 1978 por la dictadura de Augusto Pinochet.

La iniciativa ya fue visada y firmada por la presidenta Michelle Bachelet, quien además incluiría la eliminación del artículo 93 del Código Penal chileno.

La decisión presidencial se enmarca dentro de los 41 años del Golpe de Estado y va en la línea de las solicitudes hechas por la ONU.

Según indicaron desde el ministerio Secretaría General de la Presidencia, se trata de una moción parlamentaria presentada el 21 de abril del 2006 y que patrocinaron los senadores Guido Guirardi (PPD), Juan Pablo Letelier (PS), Alejandro Navarro (MAS) y el entonces senador Mariano Ruiz-Esquide (DC).

Dicho proyecto establece que se declare “insanablemente nulo por inconstitucional el decreto ley 2.191 de 19 de abril de 1978″, pues “carece de todo efecto jurídico para el juzgamiento de la responsabilidades penales, civiles, administrativas y militares emergentes de los hechos que ella pretende cubrir, siendo en particular inaplicable a ella el principio de la ley penal más benigna, establecida en el artículo 18 del Código Penal”.

En su artículo 3, la moción señala que “se declara que son inamnistiables e imprescriptibles todos aquellos crímenes y simples delitos perpetrados por funcionarios públicos o particulares durante un período de interrupción constitucional, que cometidos particular o masivamente, puedan ser calificados como crímenes de guerra o de lesa humanidad”.

Con ello, se buscaría dejar sin efecto la Ley de Amnistía, que precisamente permite que militares responsables de crímenes de lesa humanidad entre los años 1973 y 1978, donde se efectuaron los más grandes operativos de asesinato de opositores al régimen, no cumplan penas de cárcel.

Al respecto, la ministra secretaria General de la Presidencia, Ximena Rincón, señaló que “la sala penal no ha aplicado la ley de amnistía. Probablemente esta discusión legislativa cierra el espacio a la posibilidad de que se pudiera alguna vez aplicar”.

En tanto el ministro de Justicia, José Antonio Gómez, indicó que “lo que ha hecho la sala penal es no aplicar la ley de amnistía, eso nos da hoy día como resultado tener una cantidad importante de personas condenadas”.

En efecto, la norma no es aplicada por los tribunales de justicia desde 1998, ocho años después de concluido el régimen de Pinochet, lo que ha permitido juzgar y condenar a ex militares por crímenes de lesa humanidad.

Por otro lado, el Artículo 93 del Código Penal señala que la responsabilidad se extingue en las siguientes circunstancias:

1° Por la muerte del responsable, siempre en cuanto a las penas personales, y respecto de las pecuniarias sólo cuando a su fallecimiento no se hubiere dictado sentencia ejecutoriada.

2° Por el cumplimiento de la condena.

3° Por amnistía, la cual extingue por completo la pena y todos sus efectos.

4° Por indulto.
La gracia del indulto sólo remite o conmuta la pena; pero no quita al favorecido el carácter de condenado para los efectos de la reincidencia o nuevo delinquimiento y demás que determinan las leyes.

5° Por el perdón del ofendido cuando la pena se haya impuesto por delitos respecto de los cuales la ley sólo concede acción privada.

6° Por la prescripción de la acción penal.

7° Por la prescripción de la pena.